Tribunal Constitucional decide impedimento a reelección de Danilo Medina no viola la Constitución

Tribunal Constitucional decide impedimento a reelección de Danilo Medina no viola la Constitución

El Tribunal Constitucional (TC) declaró hoy inadmisible el recurso de inconstitucionalidad presentado ante esa instancia, el cual buscaba que se declarara nula la disposición transitoria vigésima de la Constitución Dominicana de 2015 que impide la reelección del presidente Danilo Medina.

La acción directa en contra de dicha disposición había sido incoada ante el TC por el abogado Fredermido Ferreras Díaz, miembro del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), el pasado el 15 de febrero de este año.

La Constitución establece en su vigésima disposición transitoria: “En el caso de que el Presidente de la República, correspondiente al período constitucional 2012-2016, sea candidato al mismo cargo, para el período constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período ni a ningún otro ni a la vicepresidencia de la República”.

El tema sobre la reelección o no de Medina ha sido objeto de debates en diferentes sectores de la vida nacional, quienes han expresado su opinión a favor y en contra de la posibilidad.

En la más reciente entrevista televisiva que otorgó el jefe de Estado, aseguró que marzo es la fecha tentativa para fijar su posición en torno a su eventual repostulación en las elecciones de 2020, y que finalmente será la dirigencia del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) que tendrá la última palabra en torno al candidato presidencial.

 

A continuación lea la disposición del Tribunal Constitucional:  

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