¿Porqué Marlin Martínez fue condenada a cinco años de prisión por caso Emely Peguero?

¿Porqué Marlin Martínez fue condenada a cinco años de prisión por caso Emely Peguero?

La condena de cinco años de prisión a Marlin Martínez por la muerte de la adolescente Emely Peguero, no pudo haber sido más allá de su implicación demostrada en la sustracción de menores y ocultamiento de cadáver, debido a que la tipificación de complicidad atribuida por el Ministerio Público no se establece luego de que ocurra el hecho, sino antes o durante.

La afirmación está contemplada en el dispositivo emitido por los jueces del Segundo Tribunal Colegiado de San Francisco de Macorís, que justifica la condena a la imputada, la cual ha provocado protestas con quemas de neumáticos y lanzamientos de piedas en San Francisco de Macorís, así como el rechazo de algunas personalidades en las redes sociales.

«En el código penal dominicano no se contempla la complicidad con posterioridad al hecho, por lo que aquella persona que interviene o participa realizando cualquier conducta, pero posterior al momento en que el autor había cometido el hecho, jamás podría considerarse como un acto de complicidad», expresó el juez Víctor Alfonso Ynoa Gómez, durante la lectura del dispositivo en audiencia.

Indicó que estos planteamientos no son propios de los jueces que conforman ese tribunal, sino que también han sido ratificados en diferentes ocasiones por la Suprema Corte de Justicia, mediante sentencias.

En ese sentido, insistió en que al observar la doctrina, la jurisprudencia y el texto del Código Penal de la República Dominicana, «resulta notorio y sin posibilidad, que la complicidad debe ser realizada con anterioridad al hecho».

«Crear la complicidad de Marlin Martínez en base a los hechos que han sido probado al tribunal, constituiría el precedente más funesto para el derecho penal de la República Dominicana, pues sería pasar por encima a la Constitución, a la ley, a la jurisprudencia, al principio de legalidad, al Derecho como ciencia, a la Escuela Nacional de la Judicatura y, porque porqué no decir, a nuestra propia capacidad como profesionales», expuso.

De igual modo, dijo que al preguntarse el tribunal si la expresión «resuelve el problema, y resuélvelo rápido» dicha presuntamente por Marlin a Marlon, constituirían un elemento de complicidad. «Estaba Marlin diciéndole a su hijo que realizara un aborto, o que matara a alguien al momento de realizar estas expresiones, pues evidentemente no», dijo.

Señalaron que su función es aplicar las leyes que todos conocen y en las que creen, y no así sorprender a los procesados con una intención que no conocen, «puesto que estaríamos llevándolos a un estado total de inseguridad jurídica, no solamente a los imputados, sino a todos los ciudadanos del país».

«Solo imagínese la situación e un país donde se castigara a un ciudadano, solo por conjeturas que no pueden ser comprobadas», indicó el magistrado, quien resaltó que no se pueden negar que la conducta realizada por la imputada Marlin Martínez fuera «a todas luces inmoral e irresponsable», sin embargo, ella solo es responsable de lo que el legislador ha restablecido como delito o crimen.

Los jueces del tribunal condenaron además a 30 años de prisión a Marlon Martínez, hijo de Marlin, a quien encontraron culpable de homicidio voluntario y actos de barbarie en perjuicio de quien era su novia y madre del hijo que llevaba en el vientre.

 

 

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