Acuerdo con Odebrecht no es válido jurídicamente

Acuerdo con Odebrecht no es válido jurídicamente

El acuerdo económico entre el Ministerio Público (MP) y la constructora Odebrecht para el pago de US$184 millones no es válido jurídicamente, por lo que puede ser anulado por el juez que sea apoderado.
Así lo considera el exjuez de la Suprema Corte de Justicia Julio Aníbal Suárez, quien señaló que el MP obvió las limitaciones del criterio de oportunidad establecido en el artículo 34 del Código Procesal Penal, el cual plantea que la autoridad puede prescindir de la presentación de un caso, es decir, alguien que esté acusado de varios hechos, se le procese por uno o algunos a cambio de colaboración.
Explicó que este criterio no puede aplicarse cuando el bien protegido es afectado de forma significativa o es “gravemente” afectado el interés público, lo cual se cumple cuando la sanción del delito es mayor de tres años, hay un funcionario involucrado o se afecta a la salud pública.
Suárez dijo, además, que el Código Procesal Penal establece que el juez tiene que autorizar, no homologar, el uso de criterio de oportunidad, lo que no se ha hecho.

Respecto a la confidencialidad, apuntó que para tener ese carácter previamente un juez debió declarar el caso complejo y así el MP puede tomar medidas especiales y mayores plazos.

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