La Cámara de Diputados fue apoderada de un proyecto de ley que contempla la creación del Instituto de Derecho Parlamentario y Capacitación Legislativa, con el objetivo de promover el estudio y divulgación del derecho parlamentario y la formación de las técnicas legislativas.
Según la propuesta presentada por el titular de la cámara baja, Abel Martínez, el
Instituto será un espacio donde los legisladores y servidores públicos del organismo podrán fortalecer sus conocimientos sobre las normas que regulan la actividad del Congreso Nacional, su organización, funcionamiento, facilidades, deberes y las relaciones entre los grupos políticos que la integran.
Además, será una plataforma abierta al intercambio académico, nacional o extranjero. Estará a la disposición en la participación de los partidos políticos, grupos sociales y a los estudiantes universitarios. También fomentará la investigación y el intercambio académico, y fortalecerá las capacidades de los diversos actores políticos y sociales que intervienen en el quehacer legislativo.
Según el proyecto, el Instituto de Derecho Parlamentario y Capacitación estará representado por un Consejo Superior, que será el máximo órgano, integrado por el presidente de la Cámara de Diputados, quien lo presidirá; el titular de la Secretaría General Legislativa y el titular de la Dirección Ejecutiva del Instituto.
Dentro de sus funciones figuran dictar las resoluciones de administración, aprobar el presupuesto de cada año, aprobar la designación del director ejecutivo; aprobar los proyectos de reglamento académico, de personal docente, administrativo y estudiantil o sus modificaciones; aprobar los proyectos de planta de personal docente; aprobar la conformación de comisiones al exterior y comisiones de estudio, de acuerdo al plan de capacitación y definir las comisiones o delegaciones de carácter académico, docente y científico para representar a la entidad en congresos y seminarios.
Además, autorizar los nombramientos o contrataciones de los asesores que requiera el Instituto para la realización de sus programas académicos o administrativos.
En tanto, la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad administrativa y tendrá las atribuciones siguientes: cumplir y hacer cumplir las decisiones adoptadas por el Consejo Superior; evaluar y controlar el funcionamiento general del Instituto y presentar al Consejo Superior un informe evaluativo integral anual de gestión.
De igual manera, liderar el proceso de planeación, procurando el desarrollo armónico del Instituto, en su conjunto; suscribir los contratos y expedir los actos que sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la academia.
En uno de los considerandos se precisa que el artículo 63 de la Constitución establece el derecho a la educación y que la enseñanza debe ser integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades.