Consultorio laboral

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Dr. Carlos Hernández contreras

1. ¿Podría usted explicar en detalle la forma en que a un empleado con una licencia médica se le debe pagar su salario, así como el subsidio de enfermedad común, según formatos de TSS y Sisalril y cuál es la base legal?

Si una persona se enferma, por ejemplo, por 15 días, el empleador debe imprimir el formulario subsidio de enfermedad común, desde portal de Sisalril, y se le entrega al empleado para llevarlo a su médico tratante, a fin de que lo llene, firme y selle. Ese formulario debidamente llenado y escaneado, se sube en el portal de la TSS.
A partir de ahí, ese mes que el empleado se ha enfermado cobrará menos; es decir no recibirá pago por los días de sus ausencias.
Sin embargo, cuando la Sisalril acredite el subsidio (que el 60% del salario ordinario, sujeto a un tope legal) a una cuenta del empleador, habilitada al efecto, el empleador se lo transfiere al empleado.
En el volante de pago de ese mes (que generalmente es el mes siguiente al de la ausencia), conviene reflejar que ese está pagando el subsidio.
La Sisalril dilata entre 15 días y un mes para acreditar el subsidio.
Si las ausencias del empleado no sobrepasan los 3 días, el empleador no tiene que hacer trámite alguno pues la Sisalril no paga los primeros 3 días. Esos 3 días tampoco el empleador tiene obligación legal de pagarlos, pues el trabajador no los ha trabajado.
Por otro lado, si el empleado no tiene 12 cotizaciones al momento de caer enfermo, no tendrá derecho al subsidio de enfermedad ni la empresa está obligada a pagar el salario durante la incapacidad o enfermedad.
Todo lo descrito, deriva de la aplicación del artículo 131 de la Ley 87-01, sobre Seguridad Social, que crea el subsidio de enfermedad común; la resolución 00172-2009, del 31 de agosto 2009, de la Sisalril, que regula el procedimiento para la entrega del subsidio por enfermedad común; el artículo 7 del Reglamento 214-01, del 3 de agosto 2009, del Consejo Nacional de Seguridad Social , sobre el Subsidio por Enfermedad Común.
El texto legal que pone a cargo de la Sisalril el referido subsidio es el Párrafo IV del artículo 140 de la Ley 87-01, de Seguridad Social (modificado por la Ley 188-07). Y los textos legales que exoneran al empleador pagar salario durante la licencia por enfermedad, son los artículos 50, 51 y 52 del Código de Trabajo (CT).

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