Consumidores y usuarios en franca desventaja en un mercado voraz sin regulaciones

Consumidores y usuarios en franca desventaja en un mercado voraz sin regulaciones

Cuando la Organización Mundial del Comercio surgió para regular el mercado global que se abrió al libre comercio, dictaminó y sugirió una serie de mecanismos de supervisión, con los cuales dejaba eliminados los controles de precios para dar paso a un sistema de regulación mediante normas y leyes conforme a la nueva situación que, obviamente, demandaba un marco jurídico diferente.
Para la OMC, crear mecanismos de regulación significó la garantía de que los más débiles del mercado no fueran víctimas de las imperfecciones del mismo, reconociendo que no existen los mercados perfectos.
Es de ahí que surgen, casi de manera simultánea en todo el mundo, las leyes de regulación de la competencia, las de protección de los derechos del consumidor, la de propiedad intelectual, la de propiedad industrial, entre otras leyes sectoriales, todas encaminadas a regular el mercado y a proteger a los más vulnerables en la cadena de distribución de bienes y la oferta de servicios.
De ahí surgieron los entes reguladores, principalmente en el sector servicio, normados por leyes sectoriales, cuyo objetivo además de garantizar la equidad en el mercado, es la parte que se le otorga a la administración, para garantizar que los bienes y servicios lleguen a los consumidores y usuarios de la mejor manera posible, porque es función del Estado garantizar la protección de los ciudadanos.
De modo que los consumidores y usuarios aparecen en este esquema del libre comercio como «el ciudadano en su relación con el mercado», amparado por los llamados derechos de tercera generación, los cuales ya han sido consagrados como derechos fundamentales en la mayoría de las constituciones.
Son derechos fundamentales porque implican los derechos económicos de los ciudadanos, el derecho a la vida, a la salud, a la educación, el derecho a un medio ambiente saludable, el derecho a servicios de calidad, a una alimentación adecuada, a la seguridad alimentaria desde todos los ámbitos, y ahora se le añade el derecho a las tecnologías y a la ciencia del conocimiento.
En nuestro país se aprobaron las leyes de regulación del mercado. Podemos decir que desde el punto de vista jurídico los consumidores y usuarios están definitivamente protegidos, sin embargo, la población no percibe los alcances de este marco normativo porque, contrario a como ha ocurrido en otros países, los organismos de protección de los ciudadanos se encuentran dispersos, algunos todavía dependiendo de ministerios, pese a la autonomía que la ley le otorga.
En Perú hace tres años que resolvieron el problema. Crearon un código de protección de los derechos del consumidor, en el que se agrupan todos los aspectos relevantes que impactan en los ciudadanos, principalmente los mas vulnerables.
En la medida en que el sistema y la administración den los pasos hacia la institucionalidad, habrá que pensar en un código que garantice los derechos fundamentales de los ciudadanos en su relación con el mercado: los consumidores y los usuarios de bienes y servicios. (Volveremos sobre este tema).

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