Derechos humanos, perversión y perspectiva de género

Derechos humanos, perversión y perspectiva de género

El País/ Entrevista en el Ministerio de Estado de Educación, al Dr. J Adarberto Martínez Vise Ministro de Estado de Educación, la actividad se realizo en la Máximo Gómez No 2 Gazcue, Distrito Nacional en la Foto Vista del Ministerio de Educación. Hoy/Andrés Monción 05/01/10

“A las escuelas y colegios no se va a aprender ni a especializarse en sexología ni en categorías de géneros”.
Las materias de religión, de historia, sociales, entre otras, más los principios morales y buenos modales que deben adornar a los maestros, son elementos más que suficientes para enseñar a los niños y niñas a respetarse entre sí y a respetar a los demás.
Cambiaron la verdad de Dios por la mentira, y honraron y dieron culto a las criaturas antes que al Creador, el cual es bendito por los siglos. Amén. Por esto Dios los entregó a pasiones vergonzosas. Hasta sus mujeres cambiaron las relaciones naturales por las que van en contra de la naturaleza. De la misma manera, los hombres dejaron las relaciones naturales con las mujeres y se encendieron en su lascivia unos con otros. Cometieron hechos vergonzosos hombres con hombres, y recibieron en sí mismos la retribución que merecía su perversión. Y como ellos no quisieron tener en cuenta a Dios, Dios los entregó a una mente depravada, para hacer cosas que no convienen”.
Romanos 1:25-28 RVC.
Un antecedente histórico de una extraordinaria relevancia, tal vez no tan bien reconocida, lo constituye en nuestra isla, la lucha por los Derechos Humanos, que llevó Fray Antón de Montesinos en Santo Domingo en el 1511 pronunciándose mediante el famoso “Sermón de Adviento”, en contra de los abusos y el maltrato en el sistema de encomiendas que esclavizaba a los indios, por parte de los colonizadores españoles.

Esta regia postura humanitaria, contribuyó a la conversión de Bartolomé de las Casas a la defensa de los indios. Se puede decir que el primer tratado sobre derechos humanos del mundo nació en nuestro país y la iglesia fue la protagonista de ese histórico y heroico evento, ya que estos frailes pertenecían al Orden de los Dominicos.

Hoy, las iglesias (Católica, Evangélicas), y otras organizaciones, frente a otro grave peligro que nos asedia, que nos atormenta y amenaza con perturbar las ingenuas mentes de nuestros pequeños hijos, nada más y nada menos que desde la educación escolar, vienen a la lucha en defensa de la Palabra de Dios, de la sociedad dominicana y de la raza humana.

Se han pronunciado en contra de una perversa ideología, orquestada al amparo de desfasadas doctrinas filosóficas clasistas y feministas de pasados siglos, por un “conciliábulo” de multimillonarios y políticamente poderosos.

Pero la importancia del tema no reside en el hecho de que las iglesias se hayan abanderado en la defensa del estudiantado y de la sociedad, y hayan recriminado por pecaminosas y perversas estas ideologías, sino en que su imposición por parte del Estado dominicano, implicaría en el sentido más amplio, una flagrante violación a los Derechos Humanos.

El hecho de adoctrinar a nuestros hijos bajo una ideología o filosofía cualquiera y más esta por demás denigrante, atentaría contra la “libertad de conciencia” que debe garantizar el Estado conforme al artículo 45 de la Constitución dominicana y querer imponer estas ideologías en las escuelas constituiría un acto de represión.

La libertad de conciencia, es la capacidad de cada persona conforme a “su conciencia”, de adoptar, de aprobar o rechazar cualquier pensamiento, ideología o creencia. Se le considera uno de los principales derechos humanos.

La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, Adoptada por la Asamblea Constituyente francesa del 20 al 26 de agosto de 1789, en su artículo 10 establece: “Que ningún hombre debe ser molestado por razón de sus opiniones, ni aún por sus ideas religiosas, siempre que al manifestarlas no se causen trastornos al orden público establecido por la ley”.

Es decir, que la violación de derechos fundamentales con la implementación de esta ordenanza del Minerd, no solo afectaría el derecho de libertad de conciencia, sino al derecho que tiene el hombre de abrazar una ideología religiosa.

Pero para cerrar este punto con broche de oro, leamos íntegramente lo que establece el artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos del 23 de marzo de 1976, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966 y pongan atención especial en el numeral 4.
Artículo 18:
“1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección, así como la libertad de manifestar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la celebración de los ritos, las prácticas y la enseñanza.
2. Nadie sera objeto de medidas coercitivas que puedan menoscabar su libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección.
3. La libertad de manifestar la propia religión o las propias creencias estará sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos, o los derechos y libertades fundamentales de los demás.
4. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales, para garantizar que los hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.

Qué lamentable, qué ambivalente camina el mundo, que ironía que esta ideología de género, haya venido a promoverla precisamente la Organización de las Naciones Unidas ONU, que ha sido abanderada del respeto a los Derechos Humanos y ahora, con la complacencia de Organizaciones No Gubernamentales nacionales, amantes del lucro, con asesores universitarios incluidos en el paquete, grupos feministas y con algunas instituciones del Estado como el Ministerio de la Mujer, pretenden quebrantar nuestros legítimos derechos.
Sin duda alguna, pretenden, implantar lo que se denomina “política de género”, mediante la Ordenanza 33-2019 emanada del Ministerio de Educación, que en sus considerandos establece la “igualdad de género” en todos los planes, programas, proyectos y políticas públicas, con la finalidad de evitar discriminaciones y adoptar acciones para garantizar la igualdad de género, lo que se traduce sin dudas en la implementación de la nefasta “ideología de género”.

Las pretensiones de esta medida consisten en ofrecer instrucción a nuestros hijos, no exclusivamente sobre igualdad de derechos entre mujeres y hombres, como lo quieren interpretar los defensores, sino en la no discriminación según el género y sus categorías a la manera en que este término ha venido a ser adecuado fuera de (lo masculino y de lo femenino), dentro de un abanico de 112 identidades de género que han sido registradas por la ONU.

El género, según la Organización de las Naciones Unidas (ONU) no está determinado por el sexo (macho o hembra), sino que es una categoría social que el individuo construye a su libre elección y que se pretende presentar como “derecho humano” en el marco del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Qué barbaridad!!

Esta controversial Orden Departamental No. 33-2019, del Ministerio de Educación establece además entre sus objetivos conforme al literal b) de su artículo primero, “Propiciar herramientas pedagógicas que promuevan la Perspectiva de Género para la construcción de una educación no sexista entre los y las diferentes actores y actoras del sistema educativo dominicano”

No se establece expresamente que se implementarán y se adoctrinarán a los estudiantes sobre categorías de género específicas en la actualidad, pero indudablemente que conforme a su contenido, son admisibles y servirán a corto plazo como medio de enseñanza con la debida pretensión de inculcar la tolerancia por parte de nuestros estudiantes.

Algunos defensores de la ordenanza alegan que “perspectiva de género” e “ideología de género” son terminologías distintas, pero por el contenido del dispositivo general de dicha ordenanza, vienen a ser terminologías que se conjugan y se complementan en sus marcados objetivos.

En el instructivo de Comunicación, infancia y adolescencia. Guía Unicef para periodistas: Perspectiva de Género, publicado el 12 de julio de 2017, por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) se define lo que es perspectiva de género:

“La perspectiva de género es una opción política para develar la posición de desigualdad y subordinación de las mujeres en relación a los varones. Pero también es una perspectiva que permite ver y denunciar los modos de construir y pensar las identidades sexuales desde una concepción de heterosexualidad normativa y obligatoria que excluye”. María Florencia cremona “seminario interdisciplinario comunicación y género” en la universidad nacional de la plata”.

Se pretende confundir a la ciudadanía alegando que la perspectiva de género solo persigue que a la mujer se le trate con equidad y se le reconozcan los mismos derechos y prerrogativas que al hombre, pero por lo visto no es así.

No cabe la menor duda de que se trata de implementar la ideología de género.
La siguiente definición nos da una idea del marco conceptual perverso que abraza esta iniciativa:

“En las propuestas de la ideología de género se produce una ruptura entre sexo y género, debido a que el género —considerado como una construcción cultural— ya no se entiende vinculado al sexo biológico: sexo-varón/género-masculino y sexo-mujer/género-femenino. Por tanto, dicha ideología ofrece una serie de géneros que devienen de la orientación sexual de la persona: heterosexual, homosexual, lesbiana, bisexual y transexual. Se llega a considerar que los seres humanos nacen neutros y posteriormente, en el transcurso de la vida, deciden a qué género desean pertenecer”. (Martha Miranda-Novoa), Doctora en Derecho. Profesora de la Facultad de Derecho, Strathmore University. Nairobi, Kenya.
Señores, padres, abuelos, dominicanos dolientes todos y en pos de la integridad moral de los menores de edad, de nuestros niños tiernos e ingenuos, este proyecto no es una invención de los religiosos, ni se limita a deslindar derechos entre el hombre y la mujer, es un plan bien diseñado de los malvados que ya mediante la preindicada ordenanza pretenden implementarlo vulnerando nuestros derechos fundamentales constitucionales y nuestras libertades.

Unidos todos los dominicanos, en una misma línea incorruptible bajo este gran precedente histórico de Montesinos, que honra la dignidad humana, a defender los derechos de nuestros hijos, nietos y demás descendientes, y a manifestar por todos los medios al alcance, el rechazo absoluto de las medidas ilegales, inconstitucionales, disfrazadas, maliciosas, excluyentes y subrepticias adoptadas en contra de nuestros hijos por el Ministerio de Educación, dañinas y perniciosamente solapadas.

Ojalá que los magistrados que componen el Tribunal Superior Administrativo apoderados de un recurso de nulidad, sean respetuosos de los cánones legales, constitucionales y de lo convenios internacionales y sean tocados por la prudencia, la equidad, la sensibilidad humana, la cordura y el buen juicio y por la mano de Dios para dictaminar la anulación de la perniciosa e ilegal Ordenanza de un ministro, que no ha dado pruebas de poseer el mínimo interés de respetar el sagrado derecho de los padres de formar a sus hijos con valores morales y espirituales, conforme a nuestras leyes y a nuestra cultura.

Oremos para que también, Dios ilumine a nuestro Presidente de la República, apelemos a su sensibilidad social, a fin de que este ordene dar marcha atrás a todo ese mefistofélico proyecto, por el bien de nuestro país y de nuestra futuras generaciones.

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