Detalles deuda en  Presupuesto  de 2010

Detalles deuda en  Presupuesto  de 2010<BR>

La aprobación de la autorización para que el Poder Ejecutivo emita US$1,000  de bonos soberanos internacionales por parte de las bancadas oficialistas en el hemiciclo del Senado y en la Cámara de Diputados, ha reabierto el debate sobre la política de endeudamiento del gobierno y sus consecuencias inmediatas y futuras en las finanzas públicas.

Son varios los puntos de críticas que se le hacen al gobierno en torno al tema del endeudamiento. Por un lado se cuestiona la rapidez con que se está incrementando la contratación de deuda, al tiempo que se critica  la calidad de la deuda y el incumplimiento de las normas y procedimientos para llevar a cabo la contratación de empréstitos tanto internos como con el exterior.

Lo que se aprobó en la Ley de Gastos   366-09. Según lo aprobado en el Capítulo IV, artículo 20 de la Ley 366-09 del Presupuesto de Ingresos y Gastos Públicos para el 2010, el Congreso autorizó al Poder Ejecutivo a obtener financiamiento interno y externo por un monto de RD$115,964.59 millones.

Este total se presenta en cifras globales en el párrafo I, cuadro No. 4 de la Ley de Gastos 366-09 según su procedencia interna y externa.

En el mismo se  establece que RD$35,048.09 millones corresponden a deuda interna y RD$80,916.5 millones procederán de deuda externa. En el caso del endeudamiento interno RD$32,048 millones son créditos internos y RD$3,000 millones corresponderían a colocación de bonos internos.

Con respecto a las fuentes financieras externas la Ley 366-09 indica que, RD$22,740.0 millones provendrían de bonos globales, RD$9,854.0 procederían de Petrocaribe, RD$21,792.5 millones corresponderían a préstamos de organismos multilaterales y RD$26,530.0 millones se contratarían con la banca privada internacional. El detalle de la estructura y procedencia del financiamiento del presupuesto 2010 contenido en la Ley de Gastos Públicos aprobada por el Congreso tiene importancia, ya que nos permite evaluar el impacto económico y financiero, así como sus condiciones de contratación.  

En el Artículo 23 de la referida Ley de Gastos, se establece que: “Se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del ministerio de  Hacienda, en virtud de lo dispuesto en el Párrafo II del Artículo 37 de la Ley Orgánica de Presupuesto No. 423-06 y el Artículo 21 de la Ley 6-09 sobre Crédito Público, a contratar y desembolsar un monto máximo de Treinta y Dos Mil Cuarenta y Ocho Millones Dieciséis Mil Novecientos Sesenta y Tres Pesos (32,048,016,963) como financiamiento de apoyo presupuestario tanto por medio de títulos o bonos a ser emitidos en el mercado local, así como por medio de créditos bancarios obtenidos en el sistema financiero doméstico.”

Como se puede ver, el endeudamiento  externo en dólares autorizados al Poder Ejecutivo asciende a un monto, que de acuerdo a la tasa de cambio que se utilizó en las estimaciones del presupuesto (37.9 pesos por 1.00 dólar)   es de US$2,135.0 millones.

 De este total solo 600 millones de dólares que equivalen a 22,740.0 millones de pesos, están definidos en la Ley de Gastos para el 2010, como “Bonos Globales”.

En ninguna parte del presupuesto aprobado por el Congreso se habla de 1000 millones de dólares de bonos soberanos.

Hay confusión en los detalles de deuda del presupuesto. Si se analizan los detalles sobre la autorización de endeudamiento en la Ley de Presupuesto 2010 se podrá advertir que las cifras no están claras y muestran confusión entre lo que se dice en el Artículo 20 y que se desglosa en el cuadro No.1 que acompaña este análisis, y los detalles que se realizan en los artículos siguientes de la Ley (21 al 25). En efecto, si se suman todas las autorizaciones de deuda tal y como están planteadas en los detalles el monto total sería de RD$124,550.42 millones, RD$4,222.33 millones más que los RD$ 115,964.59 que  indica  el Artículo 20.

Esta confusión parece tener su explicación en el hecho de que en la Ley del 2010 se incluyó integro, posiblemente por error, un artículo aparecido en la Ley de Presupuesto de 2009 en el que se autorizaba la colocación de Letras del Tesoro por 4,000 millones de pesos y 130 millones de dólares.

En el desglose de las obras y programas a ser financiados con préstamos de la banca internacional que se encuentra en el Artículo 25 de la Ley de Gastos, se detallan unos 15 proyectos que suman un monto de 1,361 millones de dólares (51,581.9 millones de pesos), dentro de los que podrían estar las obras que se financiarían con la emisión de bonos soberanos.

Dentro de estas obras se encuentran la presa Guaigüí, la segunda  etapa del Acueducto Hermanas Mirabal, la segunda  etapa del acueducto de Nagua, la segunda  etapa del acueducto de Moca,   la segunda  etapa del acueducto de Peravia,  y la segunda  etapa del acueducto de Puerto Plata

También la segunda  etapa del acueducto de Santiago, la fase final de la presa de Palomino, la fase final presa Las Placetas, el equipamiento del Hospital Oncológico Heriberto Pieter, el Corredor Duarte, el Proyecto VIADOM, las fases I y II del Proyecto Viviendas Sociales y el proyecto de equipamiento del Cuerpo de Seguridad Fronteriza.

Todo parece indicar que las autoridades del gobierno necesitan jugar la carta de los bonos soberanos ya que como las expectativas de dinamizar la economía descansan en una política de expansión del gasto público vía la inversión que depende principalmente del crédito interno y externo, no hay tiempo para llevar a cabo los procesos de negociación y aprobación de muchos de estos préstamos, de cara a la premura que impone la campaña para las elecciones congresuales y municipales.

La lección de Grecia debía ser tomada en cuenta a la hora de pensar en la política de endeudamiento de la República Dominicana.

Zoom

Financiamiento

El detalle de la estructura y procedencia del financiamiento del presupuesto 2010 contenido en la Ley de Gastos Públicos aprobada por el Congreso tiene importancia, ya que nos permite evaluar el impacto económico y financiero, así como sus condiciones de contratación.  En el artículo 23 de esa ley, se establece que: “se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del ministerio de  Hacienda, en virtud de lo dispuesto en el párrafo II del artículo 37 de la Ley Orgánica de Presupuesto No. 423-06 y el artículo 21 de la Ley 6-09 sobre Crédito Público, a contratar y desembolsar un monto máximo de treinta y dos mil cuarenta y ocho millones dieciséis mil novecientos sesenta y tres pesos (32,048,016,963) como financiamiento de apoyo presupuestario  por medio de títulos o bonos a ser emitidos en el mercado local, así como por medio de créditos bancarios obtenidos en el sistema financiero local.”

La cifra

2,135 millones de dólares.  Es el endeudamiento  externo en dólares autorizado al Poder Ejecutivo,  de acuerdo a la tasa de cambio que se utilizó en las estimaciones del Presupuesto para el 2010 (37.9 pesos por 1.00 dólar).

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