La Dirección General de Impuestos Internos ((DGII) otorgó un plazo de seis meses a todas las empresas que no han completado la adecuación o transformación que ordena la Ley 479-08 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y su modificación.
La disposición fue anunciada en un aviso público en la prensa nacional, en el cual se advierte que una vez transcurrido el plazo señalado, la DGII procederá a inactivar el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) de oficio de aquellas empresas o sociedades que no cumplan con los requisitos societarios de la Ley No. 479-08, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y su modificación.
De acuerdo con las estadísticas de la DGII, a mediados de 2015 se identificaron alrededor de 36 mil sociedades que tenían que hacer el proceso de adecuación/transformación, de las cuales a la fecha, lo han hecho unas 17,000, por lo que se estima que cerca de 20 mil empresas no han cumplido con lo que establece la Ley 479-08 y sus modificaciones.
Para realizar su adecuación o transformación, las empresas deben depositar sus documentos en el Centro de Atención del Contribuyente de la sede central en Santo Domingo o en las administraciones locales.
Estos son: Formulario de Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) llenado, firmado y sellado, con los anexos correspondientes; copia del certificado de Registro Mercantil modificado; copia del acta de asamblea y nómina de presencia que aprueba la transformación o adecuación (en caso de cambio de socios, debe estar establecido en el acta de asamblea).
Otros documentos que se deben depositar son copia de los estatutos sociales (si se transforma en una EIRL en vez de los estatutos debe depositar copia del acta notarial); contrato de compra y venta de acciones (aplica en caso de cambio de socios) y los estados financieros o balance especial emitido por un contador público autorizado (solo aplica en caso de transformación).