POR GERMAN MARTE
Un sacerdote y una abogada calificaron ayer como una violación a la Constitución y una expresión de racismo la decisión del presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Luis Arias, de desacatar la decisión de un tribunal que ordena la emisión de actas de nacimientos a dos niños hijos de inmigrantes haitianos.
La afirmación la hicieron el coordinador nacional del Servicio Jesuita a Refugiados, padre José Núñez, y la abogada de la familia afectada, Marisol Antigua, quienes consideraron que el doctor Arias no sólo desconoce una sentencia, sino que viola los artículos 8, 9 y 10 de la Constitución de la República.
«La decisión del doctor Arias es inconstitucional y viola un derecho humano, el derecho a la nacionalidad de los niños», dijo la abogada Antigua.
El presidente de la JCE basó su decisión de no emitir las actas de nacimiento a los niños Estéfani y Rubén Basil, de siete y ocho años respectivamente, como lo ordenó una sentencia del 16 de octubre del 2003 de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Santo Domingo, en el principio constitucional que establece que los hijos extranjeros que estén en tránsito en el país no adquieren la nacionalidad dominicana.
Los niños Rubén y Estéfani, son hijos de los inmigrantes haitianos Carmen Basil y Oberne Senyan. Nacieron en la maternidad Nuestra Señora de la Altagracia y viven junto a sus padres y tres hermanos en una casita del callejón «J» de la calle Respaldo Clarín número 50. Estudian en la Escuela Virgen del Carmen.
Su madre Carmen Basil negó que ella y su esposo estén de tránsito en el país y adujo que hace 23 años vino al país a trabajar como doméstica, mientras que su esposo lleva 34 años residiendo en la República Dominicana.
«Yo no estoy de tránsito. Yo vivo aquí, aquí nacieron mis hijos y yo voy a estar donde estén mis hijos», dijo la señora sin entender los argumentos jurídicos enarbolados por el presidente de la JCE para negarle las actas de nacimiento a sus hijos.
De su lado, el padre Núñez explicó que en caso de las migraciones tránsito significa que una persona pasa por un país para dirigirse a otro y eso implica de cero a diez días.
«Ese es el concepto de tránsito que se ha manejado en todas las leyes de migración y en todos los países, hasta ahora, a menos que nosotros vayamos a inventar otro nuevo diccionario para definir el término inmigrante transitorio», expresó el sacerdote.
Añadió que cuando una persona está en un país ajeno al suyo y no tiene documentos está indocumentado, irregular o ilegal, pero no en tránsito.
Entonces, según el religioso, ese término no puede se aplicado a los niños Rubém y Estéfani, porque ambos nacieron aquí y sus padres tienen más de 18 años viviendo en el país e incluso han trabajado para empresas del Estado.
Abogó porque el presidente de la JCE acate la sentencia que ordenaba dotar de actas de nacimiento a los menores.
Consideró que los niños Basil son tan dominicanos como los hijos de españoles que vinieron al país y están indocumentados.
Indicó que muchísimos españoles entraron al país como turistas y después de los tres meses se quedaron indocumentados y están trabajando aquí y tienen empresas, tiendas, hoteles y cuando salen al exterior pagan RD$50 de multa, pero los hijos que han nacido aquí son dominicanos, «tranquilamente», pero para un haitiano no.
«Entonces ahí hay una fuerte discriminación», subrayó el sacerdote.
Núñez recomendó al presidente de la JCE que se acoja a lo que establece la Constitución.
Mientras los abogados, y las entidades defensoras de los derechos de los inmigrantes debaten el caso y el presidente de la JCE, Luis Arias, argumenta en su contra, los niños Rubén y Estéfani, los afectados con la decisión, pasan los días como los demás niños del barrio La Ciénaga, jugando, viendo televisión y estudiando.