El ser no lo determina un papel

El ser no lo determina un papel

Atenazado por la presión internacional, el Gobierno someterá un proyecto de ley que limite los efectos perversos de la sentencia TC 168-13, tratando de satisfacer a quienes la rechazan como a quienes la apoyan. Sin embargo, sería inaceptable cualquier medida divorciada del numeral 2 del artículo 18 de la actual Constitución, que reconoce el derecho a la nacionalidad dominicana a toda persona nacida aquí antes del 2010, sin hacer distinción entre quienes tengan o no papeles de identidad.

Por eso, cualquier iniciativa, ley o medida tendente a corregir el ultraje contenido en dicha sentencia, debe ser cónsona con el respeto al derecho consignado en el mencionado artículo y con el punto de vista que sobre ese dictamen tiene la CIDH. Ello así, porque en lo concerniente a derechos humanos no hay transacción alguna. Son valores universales de la democracia, no sujetos a la politiquería para satisfacer a nadie, tanto menos a quienes desprecian esos valores y a la democracia misma.

Decía Minou Tavárez, con razón, que la TC 168-13 saca a flote lo peor de esta sociedad. Saca a flote no solamente la miseria humana que nos corroe como sociedad, sino ese conservadurismo, ese gusto por las transacciones espurias, en la inobservancia de la institucionalidad y en el irrespeto de los valores esenciales de la democracia, que nos han impedido forjar un real estado de derecho. Países de la región, algunos con menos desarrollo económico que nosotros, exhiben un mayor nivel de institucionalización y, en esencia, eso ha sido posible porque en momentos cruciales de las luchas políticas y sociales, allí se han producido enfrentamientos que han terminado con pactos que han sido básicamente rupturas, a partir de las cuales esas sociedades jamás fueron como antes. Los casos de El Salvador, Costa Rica, Nicaragua, Venezuela, entre otros, son ejemplos. Nosotros insistimos en querer hacer tortilla sin romper el huevo.

En ese tenor, a muchos nos resultaría inaceptable cualquier solución al tema de la ignominiosa sentencia que no reconozca el derecho a la nacionalidad dominicana a TODAS las personas que según la Constitución vigente la tienen. TODA naturalización implica que el naturalizado tenía una nacionalidad diferente a la del país que naturaliza. En el caso que nos ocupa eso no es así, a los que se pretende “naturalizar” no tienen otra nacionalidad que no sea la dominicana.

Lo son, con o sin papeles, porque así lo establece la Constitución vigente, sólo que dado la circunstancia que se ha creado, que hay que buscar una fórmula para que los obtengan, sin menoscabo de sus legítimos derechos. Porque el ser de un lugar es diferente a los papeles de identificación personal, que dicen que una persona es esa y no otra a los fines de realizar actos de carácter legal. Acaso alguien que no tenga cédula u otro documento deja de ser eso: una persona con identidad con el lugar donde nació y creció hasta ser adulto? Sólo debe regularizarse, no naturalizarse.

La solución de ese problema será clave para cerrar el debate sobre una sentencia que a pesar de todo, ha sido una oportunidad para definitivamente deslindar los campos en esta sociedad.

 

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