Empleado no se puede cancelar por sindicalizarse

Empleado no se puede cancelar por sindicalizarse

Cuando se demuestre que un empleado fue cancelado por haberse asociado a un sindicato el desahucio es nulo, afirmó la ministra de Trabajo, Maritza Hernández. Al participar en el Almuerzo Semanal del Grupo de Comunicaciones Corripio aseguró que los trabajadores tienen derecho a sindicalizarse, como lo establecen la Constitución, el Código de Trabajo y los convenios 87 y 98 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), que fueron suscritos por República Dominicana.

Hernández subrayó que en el país “hay libertad sindical”, en respuesta a la denuncia de las centrales sindicales de que el año pasado hubo un “ambiente hostil” e impedimento, bajo amenaza de cancelación y disminución de salarios, a la libre organización gremial.

En ese sentido, aclaró que al Ministerio de Trabajo le compete registrar el sindicato cuando cumple con requisitos establecidos en el Código y, a través de visitas a las empresas, plantearles a los empleadores que deben cumplir las leyes y proteger los derechos laborales de los empleados, entre ellos el de asociación.

 

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