Exdirector Migración dice es ilegal asignar apellidos

Exdirector Migración dice es ilegal asignar apellidos

El exdirector de Migración, José Ricardo Taveras, afirmó ayer que la Junta Central Electoral (JCE) carece de calidad legal para asignar apellidos a los niños abandonados, toda vez que viola el artículo 28 de la Ley 659 de 1944.
Expresó que tal disposición establece que: “Los Oficiales del Estado Civil no podrán insertar en sus actas, sea por vía de anotación o por cualquiera otra indicación, sino aquello que está determinado en esta ley para cada clase de acta…”
Esto indica, que a pesar de la facultad reglamentaria de que goza, a la JCE le está vedado ser proveedora de apellidos virtuales, ya que los artículos 24 y 46 de la ley no incluyen entre sus indicaciones para actas de nacimiento la inclusión de otro tipo de apellidos que no sean los de los padres, razón por la que la única obligación legal del Estado es de dotarlo de un nombre, conforme manda el artículo 47, dado que ninguno de los instrumentos internacionales en que se sustenta la resolución 03-2017, obliga a dotarlo de apellido.
Explicó que en el actual sistema no hay una disposición expresa de la ley que resuelva el modo en que los niños abandonados serán dotados de un apellido, salvo el hecho de que asumirán el apellido de aquel que los adopte.
“La medida es discriminatoria, por implicar un número reducido de apellidos, cuando, si van a ser, debieran ser todos. Además, es imprudente, dado que la abrumadora mayoría de niños abandonados en especial en los hospitales, son haitianos, por lo que implicará un efecto llamada al incremento del paritorio, que denunciara el propio presidente de la JCE, precisó Taveras”. Lamentó que se atente contra la soberanía nacional.

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