Expertos abogan por un solo regulador para los fideicomisos

Expertos abogan por un solo regulador para los fideicomisos

Expertos en temas fiduciarios favorecieron que se establezca un solo regulador para los fideicomisos en República Dominicana, ya que actualmente hay tres, dependiendo del tipo de entidad y la clase de fideicomiso.
Así lo explicaron Magali Ross Chain, experta en fiduciarias de México; Emmanuel Montás, gerente general de la fiduciaria Fiduciams, y Michel Camacho, gerente general de la fiduciaria In Commendam, ambos de República Dominicana.
Los expertos detallaron que actualmente existen tres reguladores: la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y las superintendencias de Bancos y de Valores.
Coincidieron en destacar que la consolidación de la supervisión es uno de los retos para el desarrollo de los fideicomisos.
Montás destacó que la regulación para las fiduciarias que son independientes es establecida por la DGII.
Dijo que aunque la DGII se ha ido adecuando y entrenando para enfrentar esta regulación de forma adecuada, esta entidad está preparada y especializada como un organismo recaudador.
Ross Chain, quien fue asesora en República Dominicana para la redacción de la Ley 89-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y de Fideicomiso, entiende que según su experiencia lo ideal sería que una sola entidad se encargue de supervisar los fideicomisos.
De su lado, Camacho expuso que en el proyecto de modificación a la Ley 89-11 se habla de que el supervisor de las fiduciarias sea la Superintendencia de Bancos, ya que el diseño institucional de la DGII es recaudar y no necesariamente supervisar.
“Y aún cuando sea la Superintendencia de Bancos el supervisor, es importante destacar que las fiduciarias no son intermediarias financieras, o sea que no captamos recursos y los transformamos en otros activos como hacen los bancos, sino que creamos vehículos para las inversiones de nuestros clientes que casi siempre son ellos mismos quienes los desarrollan y se benefician de ellos. Y no estamos asumiendo ningún riesgo por encima de los que nuestros clientes quieren asumir”, expresó.
Ross Chain explicó que en su país las fiduciarias son supervisadas por la Superintendencia de Bancos y todos los fideicomisos tienen que estar constituidos en instituciones bancarias o financieras y no existe como en República Dominicana la posibilidad de las fiduciarias independientes o que estén formadas en sociedades anónimas.
Expuso que es muy bueno que en el país existan fiduciarias fuera de los intermediarios financieros, porque, número uno, no es un servicio de captación de recursos, ya que son entes especializados para otorgar servicios financieros.
“Si analizas la mayoría de las fiduciarias que son parte de grupos financieros, tienen una relación muy cercana que puede derivar en conflicto de intereses. De hecho, entiendo que en la ley debería prohibirse el hecho de que haya vinculación entre las fiduciarias y los bancos de un grupo para lograr su independencia total y es mucho más sano, donde el fiduciario, que es el que está garantizando, sea imparcial”, expresó.
En ese sentido, Camacho dijo que el hecho de que en República Dominicana existan varias fiduciarias con distintos antecedentes profesionales lleva a que haya una mejor oferta para el cliente y a que las fiduciarias tengas distintas especializaciones.
Montás puso como ejemplo que si existen muchas fiduciarias ayuda a la especialización del mercado, algo que entiende es transcendental.
Confidencialidad de la información. Montás expuso que un tema que debe ser evaluado para modificar en la ley es la confidencialidad de la información, ya que actualmente los fideicomisos son públicos y deben ser registrados en un registro mercantil y eso puede ser complicado, no porque no desean que el regulador tenga acceso a esta información, sino porque terceros se están enterando de un fideicomiso entre partes privadas.
“¿Por qué un tercero tiene que conocer lo que yo estoy planificando en un fideicomiso, por ejemplo, para el futuro de mis hijos?, ¿y conocer mi patrimonio? Y sobre eso debemos mejorar, porque muchas veces esa información no debería ser pública”, explicó.
Ross Chain indicó que en México el secreto fiduciario sí existe, para proteger la información de las personas, porque hay temas familiares que pueden llevar a conflictos. Expuso que en la Ley 89-11 sí se establecen como privados los detalles del acuerdo del fideicomiso, pero debe buscar un mecanismo donde exista más privacidad.
Montás resaltó que en países como Estados Unidos es inconcebible que los fideicomisos sean públicos.
Enfatizó que lo que buscan las fiduciarias locales es que para el regulador sí haya un acceso pero para el público no.
No se debe exigir RNC a todos los fidecomisos. Ross Chain expuso que contrario a República Dominicana, donde todos los fideicomisos deben tener un Registro Nacional de Contribuyente (RNC), en México se utiliza en pocos.
“Eso es así porque el fideicomiso no es una sociedad anónima, no es una empresa, y aunque puede hacer negocio de bienes no tiene sociedad jurídica y el que tiene la potestad es el fiduciario porque administra los bienes y tiene la titularidad jurídica y para proteger esos bienes de todos los demás entes de la relación”, explicó.
Agregó que en México el único fideicomiso que tiene RNC se llama fideicomiso con actividades empresariales, que es el que lleva a cabo todas las operaciones de una empresa.

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