El Ministerio de Industria y Comercio, a través de la Dirección de Comercio Exterior y Administración de Tratados Comerciales (DICOEX), informó que exportaciones de la República Dominicana para productos de tabaco han ido en aumento desde el año 2010 y en 2015 ascendió a 717 millones de dólares.
Katrina Naut, directora de Comercio Exterior, ofreció además las últimas actualizaciones del caso que tiene la República Dominicana, que junto a Honduras, Cuba e Indonesia reclaman a Australia ante la OMC sobre el empaquetado genérico a productos de tabaco.
De acuerdo con las explicaciones de Naut, Australia alega que el objetivo principal de la implementación del empaquetado genérico es reducir la prevalencia del tabaco y que para lograrlo debe reducir el atractivo de estos productos, aumentar las advertencias sanitarias gráficas y reducir la capacidad del envase para “engañar” al consumidor sobre los efectos perjudiciales.
Sin embargo, la titular del DICOEX defiende que el empaquetado genérico interfiere en el registro, observancia y el uso de la marca.
“La implementación del empaquetado genérico no es un determinante para lograr los objetivos que se desee; de hecho los propios datos de Australia demuestran que el empaquetado genérico no cambia las actitudes ni el comportamiento; sin embargo, conduce al abaratamiento de los productos”.
El ministro de Industria y Comercio, José del Castillo Saviñón, se refirió al tema, destacando el objetivo que tiene el país de “procurar la efectiva protección de los derechos de propiedad intelectual”.
Estas informaciones fueron ofrecidas en el marco de un encuentro internacional sobre las nuevas regulaciones de propiedad intelectual, organizado por el Ministerio de Industria y Comercio a través de la Dirección de Comercio Exterior y Tratados Comerciales (DICOEX) y la Asociación Interamericana de Propiedad Intelectual (ASIPI).
Expertos en propiedad intelectual y en negocios internacionales se refirieron al tema de empaquetados genéricos indicando que la limitación del uso de las marcas y otros signos distintivos, bajo el argumento de proteger la salud pública, es una medida radical que se implementa en lugar de otras medidas idóneas y efectivas al fin perseguido y, en consecuencia, ignora los principios constitucionales de proporcionalidad y razonabilidad.
“La medida es inconstitucional y atentatoria de otros derechos colectivos e individuales”, concluyó Marco Palacios, de la Asociación Interamericana de la Propiedad Intelectual.
Urko Ochoa, de International Trademark Association (INTA), asociación global de titulares y profesionales de marcas dedicada al apoyo y fomento de las marcas y derechos de propiedad intelectual, indicó que debe haber un balance entre el interés de la protección de la salud pública y la seguridad de los consumidores y los derechos legítimos de los titulares de marcas.
Para ello, Urko Ochoasugirió la existencia de “medidas menos drásticas para abordar estos temas de salud y seguridad”.