Madrid. El término “refugiado” se aplica al que huye por un conflicto o por persecución política, por lo que no equivale a “inmigrante”, que es cualquier persona que llega a un país para fijar su residencia en él, señala la Fundación del Español Urgente, promovida por la Agencia EFE y BBVA.
En las noticias sobre la crisis que vive Europa con relación a la llegada masiva de personas procedentes de África y de Asia se encuentran ejemplos como los siguientes- “La Guardia Costera griega rescata a más de 700 inmigrantes en 48 horas”, “Una crisis de inmigrantes sin precedentes obliga a la UE a buscar respuestas” y “Merkel y Rajoy preparan juntos la cumbre de los refugiados».
Como criterio general y según las definiciones del Diccionario académico, “inmigrante” es un término que incluye a todos aquellos que inmigran, es decir, que llegan a un país para establecerse en él; también puede hablarse de “emigrante”, si el punto de vista es el del país de salida, o “migrante”, que incluye a ambos y es más frecuente en el español de América.
Desde un punto de vista lingüístico, y con independencia de la definición precisa establecida en derecho internacional, un “refugiado” es aquel que ‘se ve obligado a buscar refugio fuera de su país a consecuencia de guerra, revoluciones o persecuciones políticas’.
Dado que no todos los refugiados buscan establecerse en otro país, sino que solo huyen por su propia seguridad, a menudo de modo temporal como se aprecia en los casos donde la protección la han encontrado en un campamento fronterizo con el país en conflicto, es impropio llamarlos “inmigrantes».