Hacen falta regulaciones para prevenir lavado de activos en el sector seguros

Hacen falta regulaciones para prevenir lavado de activos en el sector seguros

Están pendientes procedimientos y el reporte de operaciones sospechosas, revela un informe.

A diferencia del sistema bancario, el sector seguros se ha quedado rezagado en las regulaciones para prevenir el lavado de activos y asegurar la solvencia de algunas compañías aseguradoras que operan en la informalidad, según un documento en el que se analizan las debilidades del sector, al cual tuvo acceso este diario.

De acuerdo a lo informado, en el país hace falta establecer procedimientos para prevenir el lavado de activos, que incluyen la elaboración de manuales de procedimientos, designación de un oficial de cumplimiento, reporte de operaciones sospechosas, reporte de operaciones en efectivo y archivo de documentos.
Se planteó que otra deficiencia en el sector es el bajo nivel de reporte de operaciones sospechosas, ya que al “no existir directrices claras, los sujetos obligados no implementan una política orientada a detectar situaciones que pudieran evidenciar la presencia de tipologías de lavado de activos”.

El informe también señala que en cuanto a los recursos dispuestos por las autoridades de vigilancia al tema del Sistema de Gestión de Riesgo de Lavado de Activos y de Financiación del Terrorismo (LA/FT), “en los últimos meses ha sido agenda por parte del regulador, con la reciente creación del Departamento de Prevención de LA/FT del sector dentro de la superintendencia, así como la preparación de su personal en materia de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, aunque hasta el momento de la redacción del presente informe no se había emitido ninguna disposición para hacer de conocimiento de sus regulados dicho departamento”.
“Otro elemento a resaltar es que aunque el artículo 12 y siguientes de la Ley 146-02 Sobre Seguros y Fianzas establece los requisitos necesarios para poder obtener una licencia para operar en el mercado de seguro, dichas disposiciones solo se aplican al momento de solicitar el registro de la empresa y no existe ningún tipo de control sobre los cambios accionarios o la posibilidad de que las autoridades puedan pedir la destitución de algún directivo de la entidad por algún tipo de violación de índole legal”.
“Tampoco existen disposiciones que exijan mayor control con las personas expuestas públicamente”, agrega el informe.
Además, señala que no existe una cultura de los sujetos obligados orientados a la realización de estudios tipológicos que le permitan determinar el nivel de riesgo del lavado de activo en sus operaciones”.
No obstante esas deficiencias, el informe plantea que aquellas compañías que son subsidiarias de otras extranjeras implementan políticas de prevención basadas en las mejores prácticas internacionales.
El informe considera que las principales áreas de prioridad para el sector seguros son en estos momentos la emisión de normas y directrices por parte del ente regulador, orientadas a hacer efectivas las disposiciones contenidas en la Ley 72-02; mejorar la supervisión y el régimen de sanciones administrativas; lograr una mayor drasticidad y frecuencia en la imposición de sanciones penales y decomiso de bienes; mantener actualizadas las bases de datos de los registros mercantiles y facilitar su acceso para impulsar una mayor diligencia por parte de los sujetos obligados; continuar con la implementación en el sector de herramientas electrónicas que faciliten la aplicación de la regulación, como por ejemplo monitoreo de operaciones, reporte e identificación de clientes, y promover una cultura empresarial dirigida a la evaluación y mitigación del riesgo del lavado de activos.
Asimismo, se indica que aunque se tiene conocimiento de la creación de un área de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, aún no es operativa ni se han dictado normas ni directrices orientadas a regular la aplicación por parte del sector seguro de todas las disposiciones contenidas en la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos provenientes del tráfico ilícito de drogas y sustancias controladas y otras infracciones graves, por lo que se hace imprescindible hacer operativa esa área y dotarla de personal y recursos para que pueda ejecutar sus funciones.
También considera que se hace necesaria la realización de jornadas de capacitación orientadas a mejorar el conocimiento de las obligaciones de los sujetos obligados, lo que conllevará mejorar el nivel de reporte de operaciones sospechosas y la implementación de medidas de prevención.

“Igualmente es necesario que la Superintendencia de Seguros recopile las informaciones necesarias para poder elaborar estadísticas que permitan determinar la situación real del sector en materia de lavado de activos y así poder enfocar sus políticas a las vulnerabilidades detectadas.
El informe plantea que el mayor desafío lo constituye la escasa cultura en el país orientada a la elaboración de estadísticas. “Aunque las informaciones existen, no son recopiladas ni evaluadas para implementar controles orientados a la mitigación del riesgo del lavado de activos, sino que los datos recopilados se utilizan más bien para el seguimiento y control en el funcionamiento de las empresas del sector. Considera que se requiere adecuar los requerimientos que se hacen a las instituciones conforme a los parámetros estadísticos necesarios para completar una adecuada evaluación de riesgo.
Por último, el informe plantea que para mejorar el análisis del sector en el futuro se deben tomar en cuenta las informaciones requeridas por las autoridades en base al detalle requerido en una metodología apropiada.

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