Historia de la Defensa Pública

Historia de la Defensa Pública

La implementación de un sistema eficiente de Defensoría Pública, al que todos tengan acceso sin restricción alguna, fue un anhelo de muchos durante décadas. En un país en el cual no esté garantizado el derecho a la defensa de todos los ciudadanos, no se puede hablar de justicia ni de respeto a los derechos humanos. Ahí la importancia de contar con un cuerpo de defensores públicos, dedicados a tiempo completo a esta labor.

En la República Dominicana solo existía la figura del abogado de oficio, como auxiliar del tribunal, quien llegaba tarde al proceso, pues solo intervenía en la fase de juicio. En el año 1993 se implementó un proyecto piloto financiado por el Instituto Latinoamericano de las Naciones para la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente (ILANUD). Este proyecto fue trasladado al Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia en el año 1998, continuando hasta que por razones presupuestarias fue cerrado.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia, haciendo uso de la facultad establecida en el artículo 77 de la Ley No. 327, de Carrera Judicial, aprobó la creación de la otrora Oficina Nacional de Defensa Judicial, mediante la resolución Núm. 512-2002, del 19 de abril del 2002. Comenzando la Defensa Judicial a operar desde enero del 2003, con un piloto en 2 jurisdicciones: el Distrito Nacional y Santiago.

El 12 agosto del 2004 entró en vigencia la Ley No. 277, que creó el Servicio Nacional de Defensa Pública, conjuntamente con la entrada en vigencia del Código Procesal Penal y su ley de implementación, asignándole un rol importante en el Sistema de Justicia Penal: Asistencia legal gratuita desde la detención; monitoreo en los centros penitenciarios, asistencia en los destacamentos; asistencia en todas las etapas del proceso, entre otras. La Ley de Defensa Pública y los reglamentos crearon el marco institucional de la misma.

La Ley de Defensa Pública concibió la institución dentro del Poder Judicial por un período de 5 años, por lo que hasta el año 2010 la Defensa Pública fue una institución dependiente administrativamente del Poder Judicial, pero independiente funcionalmente, siendo a partir de enero del 2010 que adquirió su independencia, lo que coincidió con la inclusión de la institución en la Constitución, a raíz de lo indicado en el artículo 176, convirtiéndose así en un órgano constitucional y teniendo un presupuesto en la Ley de Presupuesto General del Estado. Además, siendo uno de los primeros órganos autónomos en ingresar a la cuenta única del Estado, por lo que desde hace varios años la institución no maneja cuentas bancarias, sino que son los órganos fiscalizadores del Estado los que pagan a nuestros suplidores, destacándonos por el manejo transparente e íntegro de los recursos económicos que nos asignan, cumpliendo con todos los procedimientos y normas establecidas en la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Muestra de lo anterior es haber obtenido la calificación de 100 puntos, otorgada por parte de la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG).

La institución comenzó con 8 defensores públicos. Hoy contamos con 180 defensores públicos, 106 abogados adscritos contratados y 28 oficinas abiertas en todo el país. Y en los distritos judiciales donde no tenemos oficina abierta, se brinda el servicio a través de abogados adscritos contratados.

La institución cuenta con una estructura participativa que permite que todas y cada una de las políticas institucionales sean aprobadas por el Consejo Nacional de la Defensa Pública. Cuenta con un modelo de gestión desde el primer día que inició la institución, y se ha ido adaptando a los cambios normativos y operacionales experimentados como consecuencia del crecimiento institucional alcanzado.

La Defensa Pública posee un sistema de ingreso transparente, los defensores públicos, trabajadores sociales y los investigadores públicos ingresan a la institución a través de un concurso público de oposición, con un programa de formación de aspirantes, en la Escuela Nacional de la Judicatura. Asimismo posee permanencia en la función, seguimiento de gestión y una evaluación de desempeño de 360 grados, el cual ha ido evolucionando, y luego de 13 años, ha sido instaurado un sistema de evaluación del desempeño por competencias, totalmente automatizado.

Fuimos el primero de los operadores del sistema de justicia en contar con un Código de Ética la Defensa Pública, ya que desde el año 2005 poseemos un Sistema de Integridad, con una cultura institucional, una Comisión de Integridad Institucional funcionando a cabalidad; un sistema de consecuencias negativas y positivas claras; con una Oficina de Control del Servicio que investiga cualquier queja o denuncia contra los defensores públicos; y con un tribunal disciplinario.

La Defensa Pública es socia fundadora de la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas (AIDEFP). Hemos fungido como coordinador general de dicha asociación y actualmente somos coordinadores del Caribe. Además, contamos con dos defensoras interamericanas que litigan ante la Corte Interamericana, en defensa de las víctimas de violaciones de derechos humanos, acontecidas en los países de la región.

Durante más de 10 años no solo hemos brindado el servicio de defensa a los usuarios, sino que hemos estado comprometidos con que todas las personas conozcan sus derechos constitucionales y aprendan a exigirlos, por lo que hemos estado dando charlas en las diferentes agrupaciones de la sociedad civil de manera permanente durante este tiempo, cumpliendo con nuestro lema “Defendemos tus derechos”.

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