Jueza habría ido a pregonar permisos a internos Najayo

Jueza habría ido a pregonar permisos a internos Najayo

Como si se tratará de un pregón, la jueza Katerine Rubio Matos habría acudido a la cárcel de Najayo, en San Cristóbal, a ofrecer permisos a los prisioneros para pasar las festividades de fin de año con sus familiares. Allí encontró a un grupo de 50 que, ni cortos ni perezosos, aceptaron su ofrecimiento que inmediatamente la Procuraduría general de la República (PGR) vetó.
Haciendo uso de su poder, la jueza interina del Tribunal para la Ejecución de la Pena de la citada provincia incluso habría amenazado con someter a los alcaides si el sistema carcelario no cumplía de inmediato la Resolución mediante la cual dejaba en libertad por tres días a los reclusos, entre ellos al exchofer y hombre de confianza en el país del narcotraficante David Figueroa Agosto.
Las razones de su actuación se desconocen todavía, pero se investigan, informaron fuentes oficiosas al periódico Hoy.
Regresarían hoy. El grupo, entre los que además de condenados por narcotráfico, los hay por sicariato, abuso de menores, asesinatos, robos y otros delitos mayores, había solicitado permiso “para tener un encuentro familiar de tres días (30 y 31 del 2017, y primero de enero del 2018), y regresar a la cárcel hoy día 2 de enero, según explica la jueza en su Resolución número 301-01-1290-2017.
Prontuario. De Najayo –Hombres saldrían para festejar en sus casas la fiesta de fin de año y esperar el Año Nuevo 2018, el sicario Gian Enrique Rojas Matos, quien fue chofer del narcotraficante puertorriqueño actualmente preso en los Estados Unidos Figueroa Agosto. De acuerdo con informes de la época, Rojas Matos tenía una tienda de licores, y además era el mecánico que reparaba las motos a Figueroa Agosto
También Víctor José Artiles Acosta, acusado junto a otros de violar la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas; Juan José Bautista Familia, vinculado junto al fallecido narcotraficante Rolando Florián Féliz y otros, del secuestro y asesinato de Víctor Augusto Féliz Matos; y el exoficial Andrés Tapia Balbuena, condenado por el caso Paya.
Otros cuyo permiso revocó la PGR son Arizon Alexander Batista, condenado por muerte del inspector de la Dirección General de Aduanas, Ramón Florentino Rosario; e Iván Antonio Durán, del grupo de Leonel Matos Méndez (El Doctor), quien dirige un grupo criminal dedicado a la falsificación de cheques y clonación de tarjetas de crédito.
Además, Jorge Ramoncito García. acusado de Asociación de malhechores y robo; Claudio Alberto Angustia, condenado de violación sexual de un menor de edad; Pedro Benítez Minier, condenado por doble homicidio voluntario, robo agravado, asociación de malhechores y porte ilegal de arma de fuego; y Jackson Manuel Guante Casilla, quien estranguló a su concubina, entre otros.
La jueza interina Rubio Matos justificó la aprobación de esos permisos de salida temporal, primero, determinando la competencia del Tribunal establecido en los artículos 13, numeral 4 de la Ley 278-2004 sobre Implementación del proceso Penal, y el 444 y 445 del Código procesal Penal; así como de la resolución número 296-2005 emitida por la Suprema Corte de Justicia el 6 de abril de ese año.
La jueza resaltó además q en su resolución que el artículo 40 numeral 16 de la Constitución, que perpetúa que “Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción de la persona condenada y no podrán consistir en trabajo forzado”
Agregó también las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, adoptadas por el Primer Congreso de los Estados Unidos sobre Prevención del Delito y Tratamiento, del año 1955, es de criterio universal de que “El fin y la justificación de las penas y las medidas privativas de libertad son, en definitiva, proteger a la sociedad contra el crimen..”.
Indicó que ese fin solo se alcanzará si se aprovecha el período de privación de libertad para lograr, en lo posible, que el delincuente, una vez liberado, no solamente quiera respetar la ley y proveer a sus necesidades, sino también que sea capaz de hacerlo.

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