La JCE está obligada a respetar su propia ley

La JCE está obligada a respetar su propia ley

Resulta inconcebible que la Junta Central Electoral (JCE), rectora del proceso democrático, esté violentando su propio marco regulatorio orgánico que no es otro que su Ley Electoral 275-97, que quienes controlan el Congreso Nacional se han negado a conciliar con la Constitución que ellos mismos promulgaron hace 6 años.

Los reclamos de los principales partidos de oposición obligan a rectificaciones que respeten la jurisdicción de los colegios electorales y garanticen un mínimo de confianza y credibilidad en el resultado de unas complejas elecciones nacionales suficientemente manchadas por la inequidad y el abuso de los poderes y recursos del Estado.

Los mandatos de la ley. Solo por la persistencia en que en este país se desconocen los principios constitucionales y las disposiciones legales, puede entenderse que la JCE haya impuesto un sistema de cómputo que vulnera claramente mandatos de su ley orgánica, que para ello y otros asuntos debió ser actualizada, a lo que se han negado quienes controlan el Congreso.

La forma en que se ha dispuesto el escrutinio viola varios artículos de la Ley Electoral 175-97 y sus modificaciones. El más relevante es el 127 donde se detalla el procedimiento que deben seguir los colegios electorales para computar los votos que en ellos se depositan, precisando que «el secretario desdoblará la boleta, leyendo en alta voz la denominación de la agrupación o partido a que corresponda la boleta y pasando esta al presidente, quien la examinará y exhibirá a los demás miembros y delegados presentes».

El cambio dispuesto es tan radical, que aunque dispone desdoblar y alisar la boleta para ser escaneada, prohíbe que se vea a quién favorece, derivando la confianza en un cien por ciento a la máquina. No hay explicación racional para que en ese operativo no pueda exhibirse el voto a todos los delegados como dispone la ley.

Otros artículos desconocidos son el 133, que otorga a los delegados políticos el «Derecho de Verificación» de las boletas, y el 135, según el cual «Los miembros del colegio y los representantes de las agrupaciones y partidos políticos y sus sustitutos que hayan sustentado candidaturas podrán formular al pie del acta las observaciones que le merezcan las operaciones del escrutinio y firmar dichas observaciones». También violan el artículo 120 al eliminar el entintado del dedo índice de la mano derecha.

Siete partidos reclaman. Hasta el viernes sumaban 6 los partidos que habían reclamado el conteo manual de los votos, concomitantemente con el electrónico, y un séptimo, la Fuerza Nacional Progresista, pide que el conteo manual de la muestra del 15 por ciento de los colegios que la JCE derivó a las juntas electorales municipales, se haga en las propias mesas de votación.

Los que exigen el conteo manual total son el Partido Revolucionario Moderno, Partido Reformista Social Cristiano, Alianza por la Democracia, Partido Humanista Dominicano, Alianza País y Frente Amplio, que sustentan las candidaturas presidenciales de Luis Abinader, Minou Tavárez y Guillermo Moreno. Los cuatro primeros habían formalizado instancias ante la JCE.

Tras una visita el jueves al movimiento Participación Ciudadana, encabezando una amplia delegación, el secretario general del Partido de la Liberación Dominicana, Reinaldo Pared, declaró que ellos aceptarán lo que decida la JCE, sea conteo manual o electrónico, y antes su candidato Danilo Medina había dicho que no le preocupa de qué forma se cuenten los votos, lo que implica no objeción a la modificación de la resolución 64-2016.

Aunque no pueda aducirse como justificativo de la ilegalidad, es relevante que los delegados políticos de los partidos ante la JCE no registraran con más anticipación que se estaban violando los procedimientos legales. La resolución del 17 de abril fue el detonante.

Cadena de infortunios. A dos semanas de la elección de 4,106 cargos presidenciales, congresuales y municipales, unificados por primera vez desde 1994, el escrutinio electrónico de los votos se ha convertido en un grave conflicto derivado de una serie de infortunios e imprevisiones configurando un salto autoritario que ignora las limitadas experiencias de 8 países donde se ha establecido progresivamente, luego de pruebas parciales, y de otros donde el sistema ha sido rechazado e incluso revocado.

La JCE debió exigir al Congreso Nacional la reforma de la Ley Electoral, como condición esencial para el cambio y haberse garantizado que todos los equipos y programas para la automatización estuvieran a tiempo para que fueran debidamente auditados. A tres semanas de los comicios apenas habían recibido el 55 por ciento.

Debieron también entrenar a tiempo al personal técnico para operar el funcionamiento de tres equipos electrónicos en cada uno de los más de 15 mil colegios electorales en un país sin garantía de energía eléctrica. Informes confidenciales indican que más del 60 por ciento de los convocados no han pasado la prueba de aptitud.

Actuaciones prepotentes. Los problemas que confronta la automatización de las elecciones se han debido también a actuaciones prepotentes del presidente de la Junta Central Electoral que impone una mayoría de tres a dos en gran parte de las decisiones del organismo, haciendo pocas concesiones a una minoría tan ilustrada como la que representan los juristas Eddy Olivares y José Angel Aquino, este último también politólogo.

Roberto Rosario volvió a pelearse en público con Participación Ciudadana que, en privado, sugirió en febrero la auditoría y el conteo manual de una muestra científica del 3 (luego 10) por ciento de los colegios buscando disipar las desconfianzas que han surgido donde quiera que se ha planteado su automatización.

En Venezuela, uno de los dos de América Latina con voto automático, se cuenta manualmente en el 54 por ciento de los colegios.

La primera reacción fue decir que siempre estuvo prevista la auditoría, aunque no se había anunciado, y luego que la habían acordado con la OEA, lo que resultó falso, puesto que esta institución precisó que solo será observadora, no auditora. Y que nadie se deje confundir con la pretensión de que probar el funcionamiento de equipos, como harán hoy domingo, equivale a una auditoría de los mismos y sus programas informáticos.

Desplazamiento burlesco. El 17 de abril emitieron la resolución disponiendo el conteo manual, no del 10 por ciento de los colegios solicitado, sino del 15 por ciento, pero derivándolo a las juntas municipales, lo que implica una violación adicional a la Ley Electoral que dispone que los votos se cuentan en los colegios y que las juntas electorales deben consolidar todo el cómputo municipal y operar como instancia de revisión de impugnaciones, a tenor de los artículos 136 al 145.

El artículo 139 dice: «inmediatamente después de concluidas las elecciones, la Junta Electoral (municipal) comenzará a levantar una relación provisional del resultado de los comicios en sus jurisdicciones respectivas basadas en las relaciones de votación a que se refieren los artículos 136,137 y 138 de la presente ley», sobre el escrutinio en los colegios .

Este desplazamiento ilegal de facultades es por demás burlesco, porque las juntas de los grandes municipios tomarían días para contar los votos de decenas de colegios, dilatando la confiabilidad en los resultados de la automatización. En el DN, con 2,238 colegios, el 15 por ciento serían 335, en Santo Domingo Este 213 y 174 en Santiago.
La reivindicación de la Ley Electoral conviene a la legitimidad de un proceso electoral ya marcado por la dramática desigualdad y abusos del Estado que, como dijo Danilo Medina en 2012, siempre ha implicado en el país la reelección presidencial.

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