La observación al Código Penal del Presidente es correcta

La observación al Código Penal del Presidente es correcta

En mi condición de asesora del Poder Ejecutivo para asuntos religiosos, miembro de la secretaría de cultos del PLD y cristiana militante, me veo en la necesidad de asumir lo que para este tiempo la iglesia de Jesucristo debe proclamar: Justicia, Libertad, Compromiso y Respeto a la dignidad humana.
Quiero aclarar algunos aspectos sobre la observación del presidente Danilo Medina al Código Penal, ya que se ha estado hablando que nuestro Presidente quiere incluir el aborto puro y simple en el código. Como hija de Dios me corresponde hacer las aclaraciones de lugar, para que todos estemos bien edificados sobre el tema.
Voy a empezar transcribiendo la propuesta del presidente sobre el artículo 107 y 110 del Código Penal que versa sobre la interrupción del embarazo, recordando las palabras de Jesús: “Y conoceréis la verdad, y la verdad os hará libres”. Juan 8:32.
Art. 107: Aborto salvo las eximentes previstas en el art. 110, quien mediante alimentos, brebajes, medicamentos, sondeos, tratamientos o por cualquier otro medio cause la interrupción del embarazo de una mujer o coopera con dicho propósito aun cuando esta lo consienta, será sancionado con dos a tres años de prisión menor.
Párrafo I: La misma pena se impondrá a la mujer que se provoque un aborto o que consienta en hacer uso de las sustancias que con ese objeto se le indique o administren o que consientan en someterse a los medios abortivos antes indicados, siempre que el aborto se haya efectuado.
Párrafo II: Si no se produce el aborto, pero se causa el feto una lesión o enfermedad que perjudique de forma grave su normal desarrollo u obligue u origine en él una severa tara física o psíquica, el autor será sancionado con uno a dos años de prisión menor.
Artículo 110: Eximentes. La interrupción del embargo practicado por personal médico especializado en establecimiento de salud públicos o privados, no es punible si se agotan todos los medios científicos y técnicos disponibles para salvar las dos vidas, hasta donde sea posible. Igualmente se constituye un hecho punible la interrupción del embarazo en los siguientes casos:
1.- Cuando el embarazo sea el resultado de una violación, rapto, estupro o incesto, siempre que se practique dentro de las primeras doce semanas de gestión y que el mencionado hecho punible hubiere sido denunciado o sea manifiesto que la víctima ha estado en la imposibilidad de hacer la denuncia.
2.- Cuando debido a una malformación, clínicamente establecida, la vida del concebido se considere inviable.
Está claro que en la propuesta del Presidente propone dos excepciones que deben incluirse en el código para que pueda haber justificación a la interrupción del embarazo. Estas son:
a) Si la mujer es violada, raptada, estupro o incesto.
b) Una malformación clínicamente establecida.
La Biblia dice: “Cuando la justicia impera el pueblo se alegra, cuando el injusto gobierna el pueblo sufre”. Proverbios 29:2. La iglesia como representante de Cristo en esta tierra tiene que asumir la defensa de los débiles, los oprimidos y los afectados por las prácticas degenerativas que afectan nuestra sociedad. El papel de la iglesia siempre debe ser estar en defensa de las causas justas siempre y cuando estas no estén en contra de los principios bíblicos. En este caso las excepciones para la interrupción del embarazo no violan ningún principio bíblico más bien resalta la dignidad del ser humano.
Como cristiana no estoy abogando por el término del embarazo bajo las circunstancias no prevista en el Código Penal, estamos abogando por la libertad que tiene la mujer cuando sus derechos han sido violentados. Como cristiana debo colocarme de parte de los débiles para que el sistema de administración de justicia tenga un marco de referencia ético y moral para legislar a favor de las causas justas.
Quiero hacer un llamado al pueblo cristiano que lea con detenimiento la propuesta del Presidente de la República y reflexione y ore buscando la dirección de Dios en este tema tan importante para nuestro país. Sin dejarse manipular ni hacer causa común con aquellos que quieren tergiversar la propuesta que protege la dignidad de la mujer.
Hacemos un llamado a los legisladores que la forma como está aprobado actualmente el código solo favorece a los que pueden costear los gastos de un aborto en perjuicio de la clase necesitada y esto hace la ley se convierta en una injusticia.

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