Organizar la acción en movilidad y seguridad vial

Organizar la acción en movilidad y seguridad vial

En 48 mil kilómetros cuadrados de país y 19,500 kilómetros lineales de red vial, debiera ser fácil organizar la movilidad y seguridad vial. Mejor aún, si nos desafía una de las mayores tasas de mortalidad por accidentes de tránsito del mundo. La autopista Duarte, de Santiago a Santo Domingo, es el punto crítico. En tal virtud, “Ojo al Cristo”pues como dijera Winston Churchill “no debemos dejar pasar esta crisis sin impactar en su solución con liderazgo”.
La solución impone patrocinar un programa piloto con las acciones que impulsa Abel Martínez en la Alcaldía y Claudia Franchesca de los Santos en INTRANT. Primero estamos formando una “Mesa de Coordinación”. El sentido doméstico del concepto “Mesa” precede a los órganos como los consejos o juntas. Las mesas permiten que los actores clave se conozcan mejor, refuercen la confianza, utilicen los escasos recursos públicos y actúen con programas comunes.
En movilidad y seguridad vial, en provincias y municipios hay dos órganos de Estado fundamentales, Ayuntamiento y Gobernación. El Ayuntamiento es el órgano por excelencia, electo por el voto popular con las debidas 15 competencias constitucionales y de ley. La Gobernación es el organismo designado como representación del Presidente, que hace concurrir a nivel local los entes administrativos del nivel nacional. La Gobernación coordina lo que denominamos Gabinete provincial del Gobierno Central.
La Alcaldía y sus entes administrativos internos, como órganos de competencia en materia de tránsito y transporte, ejecutan acciones con la Gobernación provincial. Esta última a su vez alinea al INTRANT; Dirección Regional de Salud; Dirección Regional de Seguridad, Tránsito y Transporte, DIGESETT; Dirección Regional de Obras Públicas (MOPC), Defensa Civil (DC) y la Dirección Regional de Educación (MINERD), entre otras entidades del nivel central.
El Alcalde de Santiago, electo por voto popular de casi 600 mil electores, gobierna los más de 25 órganos administrativos del Ayuntamiento que deben cumplir 15 competencias propias que le otorgan la Constitución y la Ley 176-07. Asimismo gesta la aprobación de ordenanzas y resoluciones con carácter de ley, en el Concejo Municipal de 41 Regidores.
Por su parte, la gobernadora provincial, de acuerdo a ley 26-61, coordina las direcciones del gobierno en la provincia. Acumula el mismo poder administrativo que el señor presidente de la República asume por Ley y Constitución, sobre ministros y directores. Mientras éstos se reportan con el Presidente, los directores provinciales de gobierno, deben estar bajo égida de la Gobernación.

En Santiago estamos preparados para:i) el uso obligatorio de 100 mil cascos homologados para motoristas; ii) utilización de cintas reflectivas para 30 mil estudiantes y ciclistas nocturnos. Finalmente iii) un programa Empresas Seguras que capacite en seguridad vial y dote de equipos de seguridad vial a miles conductores de vehículos pesados, especialmente los choferes de grandes empresas industriales y de abastecimiento.

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