Paraísos fiscales: ¿camino a su fin?

Paraísos fiscales: ¿camino a su fin?

Desde la creación del Foro Global por la Transparencia y el Intercambio de Información, en el año 2000, parecería que los países del G20 han mostrado mayor interés en el tema de la transparencia y de las acciones de cada país para promoverla. Este Foro está integrado por 120 países, miembros y no miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), que se han comprometido con esta cuestión.

La falta de transparencia fiscal ha sido asociada tradicionalmente a la existencia de paraísos fiscales. Ya en 1998 en su “Informe sobre competencia fiscal perjudicial: Un problema mundial” la OCDE había publicado las características de lo que se denomina paraíso fiscal, pretendiendo puntualizar lo que esto significa. Sin embargo, sus esfuerzos por combatir esta realidad de prácticas nocivas para el comercio eran tímidos.

Más allá de estas características, un paraíso fiscal se identifica al menos por tener:

a) una imposición efectiva nula o baja,

b) regímenes especiales que impliquen la limitación o anulación de la aplicación de impuestos para extranjeros o no residentes,

c) por el anonimato de las operaciones societarias (acciones al portador) que impiden la clara identificación de los propietarios de las empresas,

d) por la imposibilidad de la Administración Tributaria de acceder a las transacciones financieras (secreto bancario para la Administración Tributaria),

e) por la proliferación de estructuras societarias tipo fideicomisos o trust,

f) por la inexistencia de acuerdos de intercambio de información para que los demás países accedan a los datos de inversiones y operaciones de sus ciudadanos (se deberían tener al menos 12 acuerdos)

Una nota curiosa es que aunque los paraísos fiscales afectan definitivamente las recaudaciones de los demás países, provocando una clara competencia desleal, sus propios niveles de recaudación y su presión tributaria no siempre son los menores. Paradójicamente, países como Uruguay, que está en una de las listas de la OCDE, tiene un 18,6% de presión tributaria.

Otra nota curiosa es el hecho de que a una práctica asociada con efectos nocivos para la salud financiera del mundo, se denomine “Paraíso”. A este respecto, la presidenta de Argentina Cristina Fernández de Kirchner manifestó su satisfacción porque el documento final de la cumbre del G-20 de 2013 incluyó pronunciamientos sobre los paraísos fiscales, denominados desde ahora «guaridas» por iniciativa de ese país. Paraíso, según Fernández, se asocia a la deformación del sonido de la palabra en inglés “heaven” (cielo) cuando debería ser referirse “haven” (cueva).

La identificación y combate de las “guaridas fiscales”, centros financieros o jurisdicciones “offshore”, como pueden denominarse, se ha cedido actualmente al Foro Global, al cual se ha delegado la revisión del cumplimiento de los estándares que se han identificado para fomentar la transparencia.

Estos estándares se encuentran reflejados principalmente en el Modelo de Acuerdo sobre Intercambio de Información de la OCDE del año 2002 (TIEA por sus siglas en inglés) y en el artículo 26 del Modelo de Convenio Tributario sobre la Renta y el Capital de ese organismo, que también han sido incorporados al Modelo de Convenio Tributario de la ONU.

La timidez del mundo desarrollado para combatir las ahora denominadas guaridas fiscales, parece que ha comenzado a desaparecer.

Declaraciones públicas nos sugieren que los países grandes comienzan a preocuparse en serio por el tema. Aunque muchos entienden que se trata de simples declaraciones; lentamente, países que hasta hace unos años negaban la posibilidad de levantar el secreto bancario o entregar informaciones a otros países, han comenzado a ceder.

Desde el 2008 a la fecha los principales líderes mundiales han asumido posiciones vigorosas respecto del tema de los “paraísos fiscales”, hemos visto frases como: “No queremos más paraísos fiscales” de Nicolás Sarkozy. François Hollande se refirió a que “ningún banco podrá esconder transacciones realizadas en un paraíso fiscal” al someter una ley de deber de transparencia para los bancos franceses, que deberán publicar la lista de sus filiales.

Barack Obama expresó: “Es simplemente inaceptable que algunos individuos usen paraísos fiscales para guardar trillones de dólares sin pagar impuestos”.

Y a este discurso se suma el FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act o Ley del Cumplimiento Fiscal sobre Cuentas Extranjeras) que entra en vigencia en EUA el 2014. Ya el IRS (siglas en inglés de la Administración impositiva de Estados Unidos) comenzó el registro electrónico de las instituciones financieras extranjeras (IFE) y publicará la primera lista en junio de 2014. Las IFE deberán reportar los datos de los ciudadanos estadounidenses con cuentas o retener el 30% de los rendimientos obtenidos. A pesar de las discusiones en torno al carácter extraterritorial de la ley y a las disposiciones de confidencialidad sobre datos bancarios, Francia, Alemania, Italia, España y Reino Unido ya firmaron con EUA para su implementación.

A cambio recibirán informaciones automáticas respecto de las cuentas que posean residentes de esos países en instituciones financieras estadounidenses.

En este contexto, el Foro Global, como organismo en el cual se ha delegado la revisión del grado de transparencia de los países miembros del mismo, ha iniciado revisiones, que incluyen verificaciones de la aplicabilidad de los acuerdos y normativas aprobadas. Este proceso se denomina “Revisión de Pares (PRG)”, y su metodología de aplicación incluye dos fases: fase 1 en la cual se examina el marco legal y regulatorio en cada jurisdicción; y la fase 2 donde se evalúa la aplicación de dicho marco en la práctica.

Las prácticas de fomento a la transparencia evaluadas por la OCDE se han vuelto tan abarcadoras que van desde la exigencia de que existan legislaciones que regulen las prácticas de “conoce tu cliente” o de “debida diligencia” en el sistema financiero, los controles para evitar transacciones sospechosas y hasta la estructura oficial de control de lavado y capitales opacos.

Si bien la OCDE no tiene facultades para imponer sanciones propiamente dichas, las tiene para recomendar acciones de países y organismos multilaterales para castigar las prácticas de los paraísos fiscales o de las jurisdicciones no cooperantes. Las sanciones pueden ir desde no admitir deducciones provenientes de paraísos fiscales, aplicar retenciones impositivas altas, atribuir mayor peso a los principios de transparencia e intercambio de información al diseñar programas de ayuda, reconsiderar ayudas financieras, etc.

Recientemente, la OCDE publicó los resultados de la revisión de un grupo dejurisdicciones que forman parte del Foro Global que ya han pasado las dos primeras fases de supervisión y que han recibido la calificación de “conforme o cumplido”, “ampliamente conforme”, “parcialmente conforme” o “no conforme” con las normas de transparencia establecidas por el Foro.

En esta publicación aparecen tres listas; una de cuatro paraísos fiscales, que no se habían comprometido en absoluto a respetar los estándares internacionales de intercambio de informaciones financieras con objetivos fiscales, según el informe de OCDE; una “lista gris” con 30 “paraísos fiscales” pero que han hecho compromisos con el cumplimiento de las normas y por último, un grupo de “otros centros financieros” que tampoco han implementado “sustancialmente” sus compromisos para cumplir los estándares internacionales. Las revisiones continúan y el Foro sigue avanzando en la promoción de los estándares de transparencia.

En República Dominicana se pueden identificar aspectos que no se corresponden con los estándares de la OCDE para un país cooperante, por ejemplo: la ley de sociedades comerciales reconoce las acciones al portador; existen leyes que “atenúan” la carga tributaria a extranjeros y otras podrían generar baja o nula tributación; el país no cuenta con los 12 acuerdos de intercambio de información mínimos (existen con Canadá de doble tributación y de intercambio de información con EUA y otro en proceso de aprobación con España), entre otros aspectos.

Sin embargo, República Dominicana no forma parte del Foro Global, por lo tanto no está sujeto a la revisión sobre prácticas de transparencia que este organismo realiza, por lo menos hasta el 2015. De todas formas, no sería ocioso que verificáramos nuestros niveles de cumplimiento con los estándares establecidos para no ser considerados eventualmente una “guarida fiscal” o un país no cooperante. Parecería, que si los países grandes siguen recorriendo el mismo camino, es cuestión de tiempo para que en el país nos llegue el momento de profundizar en el tema.

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