La Asociación de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa de Herrera y la Provincia Santo Domingo (Asomipymeh) propuso una reforma del Código Tributario para eliminar pagos de impuestos por adelantado a las micro, pequeñas y medianas empresas (mipyme).
El presidente de esa entidad, Elías Báez, planteó que una modificación del sistema tributario en el país debe contemplar la eliminación de los pagos por anticipado del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS, tras asegurar que eso está llevando a la quiebra a cientos de micro, pequeños y medianos comercios.
Báez destacó el importante rol que juegan las mipyme en el crecimiento económico del país, por ser las mayores generadoras de empleos.
En ese sentido, abogó por un esquema de cobro de impuestos que no permita que a diario cierren decenas de esos negocios y que no fomente la informalidad.
El presidente de Asomipymeh argumentó que uno de los problemas que enfrenta el sector de las mipyme es el pago por adelantado del ITBIS, pues sin haber cobrado una factura (que son a plazos de 30 y hasta 90 días) hay que pagarle al Estado impuestos por un dinero que aún no ha entrado al negocio, lo cual limita su flujo de caja.
Asimismo, se refirió al pago del anticipo del ISR, el cual dijo se basa en una estimación de las ganancias o ingresos que tendrá una empresa.
Enfatizó que esa forma de pagar impuestos no incentiva a las empresas a formalizarse y las que sí lo hacen solo son se mantienen operando para pagar gravámenes, empleados y servicios, obteniendo así muy bajos márgenes de ganancias que no le permiten crecer o mantenerse por mucho tiempo.
Consideró que a pesar de los grandes esfuerzos que realiza el Estado dominicano por llamar a las mipyme a formalizarse, algunos pequeños empresarios son renuentes a tomar este paso por temor a irse a la quiebra.
“Formalizarse significa también someterse al pago de anticipos de ventas, que lacera el capital de las pequeñas empresas, muchas veces estrangulándolas hasta desaparecer”, dijo el dirigente empresarial, al participar en el Encuentro Económico de HOY junto a los directivos de la asociación Tania Ferreira, secretaria; Felidonio Rodríguez, director del Departamento de Reclutamiento, y Alexis Robles, asesor legal.
Báez se quejó de que el pago del anticipo se creó hace unos años de manera provisional y que implica que cada empresa debe pagar mensualmente por adelantado una doceava parte de las ganancias obtenidas el año anterior. Sin embargo, la medida ha permanecido vigente.
Entiende que ya es hora de que el Estado tome la decisión de eliminar el anticipo y de que el ITBIS se pague por lo cobrado y no por lo facturado para las mipyme.
Anticipo. El anticipo del 1.5 por ciento sobre las ventas brutas fue creado mediante la Ley 147-00 del 27 de diciembre del año 2000, motivado por los problemas en el entorno económico internacional.
La medida fue contemplada hasta tres años, la que se sostuvo en calidad de impuesto mínimo, lo cual significa que al 27 de diciembre del año 2003, su aplicación debió cesar según lo contemplado por la propia ley.
Desde su nacimiento se contempló el cobro de dicho gravamen al mismo tiempo como un anticipo sobre las ventas que debía entregarse al finalizar cada mes, y al mismo tiempo como un impuesto mínimo sobre el total de las ventas.
Hasta diciembre del 2003 se concibió de tal manera que los empresarios y personas físicas gravados debían deducirlo al final de cada año del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR), de tal forma que si lo abonado era menor a ese gravamen, había que completarlo, pero si lo adelantado era mayor, había que asumirlo como un crédito fiscal deducible del propio Impuesto Sobre la Renta por espacio de tres años.
Una posterior modificación introducida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) en el 2003, varió dicho gravamen para mantenerlo ahora como un impuesto o Pago de Anticipo.