Reformas a la Constitución

Reformas a la Constitución

Ubi Rivas.

La primera Constitución de RD fue promulgada un día como hoy en 1844, en la pequeña Villa de San Cristóbal, hacia donde condujo el naciente primer dictador dominicano, Pedro Santana Familia, a los legisladores, para que desapercibida por la escasa población, introducir el artero artículo 210 que concedía al Presidente facultades expeditivas para disponer a su albedrío del menor asomo de disidencia.
Nuestra primera Carta Magna nació de un deliberado secuestro perverso y de un deliberado fórceps, que también introdujo el acta de nacimiento del despotismo, la arbitrariedad y el medalaganarismo como práctica deleznable de conducir nuestro destino nacional.
Desde entonces hasta 2015, nuestra Carta Magna ha sufrido 39 modificaciones, todas espúreas, para posibilitar el propósito proditorio de una ambición particular, en vez de concebir un proyecto de nación, con las excepciones honrosas de la Constitución del 25-09-1857 de Santiago de los Caballeros, proclamada en Moca, y del presidente Juan Bosch promulgada el 29-04-1963.
Ambas constituciones fueron modelos de un sincero y altruista proyecto de nación, donde los gobernantes excluyeron el caudal de sus egoísmos, derivándolos en ponencias preclaras que redundaran en robustecer y modificar sus estructuras.
Excepto esas dos bruñidas referencias, que inclusive ponderan extraños que las estudian, todas las reformas constitucionales incrustan la lacra y el desprecio de una parte considerable de los ciudadanos, y el INRI de la historia, por sus vagos destellos democráticos y transparencia de su proceder, por pretender y conseguir, un propósito egoísta, que castraron un proyecto de nación.
Hoy, los dominicanos intuimos que el presidente Danilo Medina, igual que su predecesor, Leonel Fernández, contrarios al referencial presidente Juan Bosch, que abjuró la reelección, se apresta reelegirse por segunda vez, donde se decantará por el espíritu altruista de 1857 y 1963, o sus condenables negaciones.

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