Reglamento de Naturalización

Reglamento de Naturalización

Los gobiernos y sus ejecutivos no son ni deben pretender, por populismo, convertirse en moneditas de oro para gustarle a todo el mundo. Muchas decisiones oficiales afectan positiva o negativamente a parte de la población, o simplemente despiertan posiciones a favor o en contra. Eso es parte de la democracia.

Lo que aspiramos los ciudadanos sensatos es que nuestros dirigentes, y más si presiden el Estado, tomen decisiones ajustadas a la Constitución y la justicia como única forma de preservar un Estado de derecho que debe alcanzar a todos por igual al margen de quienes se consideran por encima del bien y del mal.

La puesta en vigencia del Reglamento de Aplicación de los capítulos II y III de la Ley 169-14 a favor de los hijos de extranjeros ilegales nacidos en territorio dominicano e inscritos irregularmente, o no inscritos en el Registro Civil, ha desencadenado una ola de opiniones que van desde las más radicales, racistas y patrioteras, hasta posiciones ecuánimes en un sentido u otro.

El presidente Danilo Medina tenía el deber de tomar una decisión en torno a un problema humano que trasciende nuestras fronteras tras valorar las propuestas de los sectores más representativos de nuestra sociedad y en base a ello, emitió el decreto 250-14 que aunque garantiza los derechos a los indocumentados, establece un riguroso sistema de regularización, documentación y posible nacionalización de los mismos.

Confiamos, pese a las voces agoreras de siempre, en que la aplicación de este reglamento sea asumida con responsabilidad por las autoridades correspondientes para bien de la justicia, las relaciones armoniosas con nuestro vecino Haití y el necesario ordenamiento migratorio de nuestro país.

 

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