Sector empresarial pide SCJ suspenda reglamento en JI

Sector empresarial pide SCJ suspenda reglamento en JI

El sector empresarial del país solicitó ayer a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) suspender la entrada en vigencia del reglamento sobre soluciones de mensuras superpuestas, porque “abre una puerta a nuevos problemas en la Jurisdicción Inmobiliaria (JI)”.
Señaló que el reglamento permitiría además hacer cambios en los planos de mensuras, sin que los titulares de terrenos lleguen a enterarse, debido a que no están contemplados en los procedimientos.
Precisó que “el plano de propiedad de una empresa o persona podría modificarse sin que esa empresa o titular sea enterado, lo que pondría en riesgo la seguridad jurídica y el derecho de propiedad en la Constitución de la República”.
El pedido de suspensión inmediata de entrada en vigencia del referido reglamento lo hicieron el Consejo Nacional de la Empresa Privada, Asociación Dominicana de Industrias de la República Dominicana, Asociación Dominicana de Hacendados y Agricultores, Asociación de Hoteles y Turismo y Asociación Dominicana de Constructores y Promotores de Viviendas. El vocero de esas organizaciones fue el presidente del Conep, Pedro Brache, que leyó un documento en rueda de prensa en la sede de la Torre Empresarial.

Someten recurso.- El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) depositó un recurso de amparo ante el Tribunal Superior Administrativo, que persigue eliminar la resolución 3642-2016 emitida por la Suprema Corte de Justicia (SCJ), sobre el reglamento de deslinde y procesos diversos.
El gremio entiende que dicha decisión es inconstitucional y afecta a miles de abogados, pues le quita a los Tribunales de Tierra la facultad para conocer deslindes y particiones de inmuebles registrados y se la otorga a la Dirección de Mensura Catastral.

Para Miguel Surún, presidente del CARD, esta resolución abre las puestas al caos y al fraude, al implantar procesos legales realizados sin la participación de los abogados, únicamente por técnicos agrimensores, en violación a la ley 108-05 de Registro Inmobiliario.

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