Semana Mundial de la Seguridad Vial

Semana Mundial de la Seguridad Vial

Durante esta semana las Naciones Unidas celebran la cuarta Semana Mundial para la Seguridad Vial con el tema: Salvemos vidas, reduzca la velocidad. Las consecuencias devastadoras de los accidentes, a causa del exceso de velocidad, provocan cerca de un tercio de todos los accidentes mortales en los países de ingresos altos, y de hasta la mitad de los accidentes en los países de ingresos medios y bajos de acuerdo a estadísticas de la ONU. Nuestro país no es la excepción, tenemos el lamentable récord de estar dentro de los países con más alto índice de fatalidades por accidentes de tránsito.
De acuerdo a las Naciones Unidas, los países que han logrado reducir el número de muertes por accidente de tránsito lo han conseguido dando prioridad a la seguridad en la gestión de la velocidad.
Recientemente en República Dominicana ha sido promulgada la nueva Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, que sustituye a la ley 241 del año 1967 sobre tránsito. La nueva ley en su artículo 264 establece las reglas básicas sobre los límites de velocidad. La velocidad de un vehículo de motor deberá regularse, teniendo en cuenta el ancho, tránsito, uso y condiciones de la vía pública. No se permitirá guiar a una velocidad mayor que la indicada en las señales.
La violación a esta disposición será sancionada con el pago de una multa equivalente de uno a tres salarios mínimos del que impere en el sector público centralizado y la reducción de los puntos de la licencia de conducir que determine el reglamento correspondiente.
Los artículos siguientes de la ley prohíben a los conductores de vehículos efectuar competencias de velocidad en las vías públicas, indica los lugares de velocidad regulada donde el conductor de un vehículo de motor deberá reducir la velocidad, prohíbe conducir un vehículo, sin justificación, a una velocidad tan lenta que impida u obstruya el movimiento normal y razonable del tránsito, además se consideran como límites máximos de velocidad en la zona urbana residencial, de 30 km/h y 60 km/h en las avenidas. En la zona rural, de 60 km/h, en la zona escolar, correspondientes a escuelas, colegios, universidades y otros centros educativos, de 20 km/h. En los túneles, elevados y pasos a desnivel, no se excederá los 60 km/h, en las carreteras, autopistas y autovías será establecido por el MOPC, sin exceder los 120 Km/h. En las estaciones de peaje, en el sentido de pago será de 10 km/h y en el sentido de no pago será de 40 km/h.

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