TC anula párrafo de Ley Partidos otorga poderes a cúpulas

TC  anula párrafo de Ley Partidos  otorga poderes a cúpulas

Fachada del Tribunal Constitucional del Distrito Nacional. El país/ Hoy Aracelis Mena 01/04/2013

El Tribunal Constitucional (TC) anuló ayer, por considerarlo contrario a la Constitución, el párrafo tres del artículo 45 de la Ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, que da poderes a las cúpulas de los partidos para escoger el método, modalidad y el tipo de padrón a utilizar en la selección de los precandidatos en los diferentes niveles de elección.
El máximo intérprete de la Carta Magna indicó en su sentencia que esa decisión debe ser de los organismos que señalen los estatutos de cada partido.
Manifestó que el organismo competente de cada partido para decidir el tipo de registro de electores o el padrón a utilizar en el proceso de selección de candidatos será aquel o aquellos organismos que señalen los estatutos, siempre y cuando no violen la Constitución y las leyes.
El alto tribunal tomó la decisión luego de una acción de inconstitucionalidad presentada en el 2018, por los abogados Pascual Guzmán, Juan Jesús Peña Ventura y José Ramón Ovalle Vicente.
El párrafo anulado señala que la facultad de decidir la modalidad y el método a utilizar es prerrogativa del Comité Central, de la Comisión Ejecutiva, de la Comisión Política, del Comité Nacional o el equivalente a estos organismos.
Los accionantes alegaron que la eliminada disposición cercena la democracia interna de los partidos.

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