Consultorio laboral..

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1. Trabajo en una empresa en la cual fue creado un contrato de capacitación el cual tiene una cláusula donde dice que si el adiestramiento pasa de 25,000 pesos y el empleado renuncia antes de tener un año de haber recibido esa capacitación deberá pagar un 40% del costo total de la misma. Quisiera saber si esto puede traer algún problema legal para la empresa.

No me parece que una cláusula así pueda traerle problemas o comprometer la responsabilidad de la empresa. El Art. 75, in fine, del CT prevé lo siguiente: “Si el trabajador ejerce el desahucio contra un empleador que ha erogado fondos a fin de que aquél adquiera adiestramiento técnico o realice estudios que lo capaciten para su labor, dentro de un período igual al doble del utilizado en el adiestramiento o los estudios, contado a partir del final de los mismos pero que en ningún caso excederá de dos años, su contratación por otro empleador, en ese período, compromete frente al primer empleador la responsabilidad civil del trabajador y además, solidariamente, la del nuevo empleador”.

Es cierto que ese texto legal solo se refiere a la responsabilidad a cargo del empleador que contrata al empleado que se benefició de la capacitación, y no dice nada respecto a la responsabilidad u obligaciones a cargo del empleado. Sin embargo, la ley no prohíbe expresamente pactar ese tipo de cláusulas. Más bien, lo permite cuando dice: El contrato de trabajo obliga a lo expresamente pactado y a todas las consecuencias que sean conforme a la buena fe, la equidad, el uso o la ley (Art. 36 del CT).

No obstante, debo decir que al empleador no le será sencillo cobrar ese 40%, pues si el empleado renuncia, quiere decir que no le toca auxilio de cesantía. Pero además, a menos que el empleado lo haya consentido previamente y por escrito, no se pueden compensar deudas con cargo a derechos adquiridos tales como vacaciones, bonificación o salario de Navidad. Eso querría decir que si el empleado viola esa cláusula, el empleador no tendría otro remedio que interponer una demanda en cobro contra el empleado, por una suma que es apenas de 10,000 pesos.

2. Podría decirme qué pagos o beneficios se toman en consideración para el cálculo y pago de las prestaciones laborales?La respuesta a su pregunta la puede encontrar en

http://hoy.com.do/1331828/, respondida en esta misma columna.

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