Espionaje telefónico hace “mala jugada” MP; recusan juez Ortega

Espionaje telefónico hace “mala jugada”  MP; recusan juez Ortega

La interceptación telefónica a uno de los abogados de Conrado Pittaluga impidió ayer al Ministerio Público responder las objeciones hechas por los imputados en el caso Odebrecht a las pruebas presentadas en su contra, ya que antes de iniciar su contra-réplica como estaba previsto, el juez de la instrucción, Francisco Ortega, fue recusado.
Eran las 12:35 del mediodía cuando el juez cerró la audiencia y se retiró “a meditar sobre la decisión que corresponda”, respecto de la recusación que le hizo la defensa técnica del imputado Pittaluga, por considerar que se había apartado de la independencia judicial que lo caracteriza.
MP engañó al juez. Una vez quedó abierta la audiencia, la defensa de Pittaluga solicitó al juez ordenar a la empresa Claro-Codetel entregar las resultantes de la interceptación que había hecho el MP al celular de Conrad Manuel Pittaluga Vicioso, quien además de hijo del imputado, coordina su barra defensora.
Alegaron que esa interceptación es una “grave” vulneración de naturaleza constitucional y al derecho de defensa, además de que el Tribunal fue tomado por sorpresa por el MP, que en su solicitud de autorización de espionaje telefónico, incluyó el número de Pittaluga Vicioso como si fuera del imputado.
Excepciones y advertencias Las autorizaciones para la interceptación telefónica de los encartados, y en las que se incluyó el número de Pittaluga Vicioso, son las números 06/17 y 04/18, emitidas por el juez Ortega en fechas 8 de agosto y 23 de abril, respectivamente.
Las mismas debían hacerse con estricto apego a la Constitución y las leyes, y preservando el secreto de lo privado que no guardara relación con este proceso.
“Es decir, excluyendo informaciones foráneas al proceso y siguiendo las reglas correspondientes indicadas en la Constitución y el Código Procesal Penal, con la advertencia explícita de que dicha autorización expira en 60 días …”
Nuevo rechazo. Aunque admitir que solo autorizó interceptaciones a “personas sujetas a investigación” por el MP; que el órgano acusador “no incluyó ni aportó como pruebas el producto específico de ninguna intervención, rastreo, recuperación, levantamiento de coordenadas o captación de mensajes con relación a la autorización otorgada ni a los encartados investigados”, el juez Ortega dijo que resulta improcedente que el Tribunal disponga medidas de instrucción o investigación, correspondiente a una etapa del proceso que ya precluyó.
Pueden ir a otro tribunal pero este no. Ortega dijo que si una de las partes, impetrante o no, entendiere que el MP ha incurrido en alguna violación o tipo infraccional cualquiera en la ejecución de las autorizaciones que le dio para la interceptaciones telefónicas, “debe encaminar y orientar sus intereses y sus deducciones pertinentes por las vías de derecho”.
Agregó que por mandato de la Ley ese tribunal debe rechazar todo lo que tienda a prolongar el debate sin una razonable utilidad, en virtud de lo cual rechazó el pedimento de la defensa de Pittaluga.
Se oponen a fallo. Apoyada en los artículos 393, 407 y siguientes del CPP, la defensa hizo oposición a la decisión del juez, afirmando que la misma es contraria al derecho, ya que en su motivación Ortega soslayó la violación a una disposición de carácter fundamental.
En cuanto a que el tiempo para ese tipo de requerimiento ya pasó, la defensa afirmó que fue el día 11 de abril en curso cuando se enteraron de que el teléfono del abogado Pittaluga Vicioso había sido intervenido, durante la exposición del imputado Jesús (Chú) Vásquez.
“Nosotros habíamos solicitado con mucha antelación que nos certificaran todas las resoluciones y solamente nos entregaron tres, hasta que después nos encontramos con todo el paquete de resoluciones”, dijo la defensa.
Afirmó que aunque el MP no haya usado las resultantes de las interceptaciones, el derecho de defensa ha sido menoscabado de manera grosera desde el mismo momento que se tiene conocimiento de las comunicaciones entre el acusado y su abogado o uno de sus abogados.
“Es unánime en doctrina y jurisprudencia, que en materia de interceptaciones telefónicas el bien jurídicamente protegido es la confianza y la seguridad de la confidencialidad en la comunicación cliente y abogado; una injerencia en el privilegio abogado-cliente, y por ende en el derecho del detenido a la defensa, no exige necesariamente que tenga lugar una intercepción real o escucha subrepticia”, subrayó la defensa.
Juez deniega y lo recusan. El juez se retiró a deliberar sobre esta oposición y regresó con otro rechazo, ante lo cual la defensa optó por recursarlo.
“Con ese rechazo el juez ha renunciado a su más importante función como juez de las garantías, y esa garantía no es otra que la de la tutela judicial efectiva y la procuración, de manera especifica, conforme al art. 12 del CPP, de allanar todo obstáculo que pueda significar un desequilibrio en cuanto a la igualdad de armas”.
Agregó que dadas esas circunstancias, “nosotros entendemos que el juez se ha apartado de la independencia judicial que debe caracterizarlo y merece ser apartado del presente proceso a los fines de que se reivindiquen los derechos afectados”.
Barra defensa. La defensa ténica de Conrado Pittaluga la integran además de su hijo Conrad Pittaluga Vicioso, los abogados Eric Raful, Manuel Rodríguez, Santiago Rodríguez, Edward Veras y Joaquín Zapata.

Tienen miedo
El Ministerio Público justificó la interceptación telefónica a Conrad Pittaluga Vicioso afirmando que en una investigación sobre lavado de activos está en la obligación de investigar los vínculos del imputado con cualquier persona,.
Indicó que Pittaluga Vicioso es hijo de Conrado Pittaluga Arseno, uno de los siete encartados en el caso de los US$92 millones de sobornos pagados por Odebrecht.
Señaló que en tal calidad, Pittaluga Vicioso visitaba frecuentemente a su padre cuanto este guardaba prisión preventiva.
En ese sentido, calificó como una táctica dilatoria el incidente presentado ayer por la defensa técnica del imputado, y se opuso a que el juez de la instrucción especial Francisco Ortega, ordenara mediante Resolución a la compañía Claro-Codetel entregar los resultados de las intervenciones telefónicas hechas a padre e hijo.
Tienen miedo
La titular de la Procuraduría Especializada en Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), Laura Guerrero Pelletier, dijo que la actuación de la defensa evidencia el miedo que tienen de enfrentar la realidad que se le acerca.
Afirmó que la interceptación al hijo de Pittaluga fue correcta y estuvo dentro del marco de la ley.
“Ellos ya ven que se acerca el momento de la verdad y que ahí está el peso de la acusación del Ministerio Público sobre ellos y entonces están huyendo.”, agregó .
En torno a la recusación al juez Ortega, la funcionaria del MP es de opinión que el mismo debe continuar conociendo el caso.
“Ya estamos en una etapa donde incluso se han cerrado los debates ordinarios, es una etapa prácticamente concluida del proceso, por lo que el juez debe asumir ya finalmente la responsabilidad histórica que le ha tocado”, subrayó al ser entrevistada al término de la audiencia.
La representación del MP en esta audiencia preliminar del caso Odebrecht la ostentan, además de Guerrero Pelletier, los procuradores fiscales Wilson Camacho, Francisco Polanco, Milcíades Pichardo , Ángel Darío Tejeda y Narciso Escaño.
También Joel Antonio López, Carmen Díaz Amézquita, Luis González Reyes, Wagner Cubilete, José Miguel Marmolejos, Grimaldi Oviedo, Bertha Cabrera, Isis de la Cruz, Yeisin Alcántara y la fiscal del Distrito, Rosalba Ramos.
¿A las tres la vencida?
Con estados dos resoluciones suman tres las decisiones adoptadas por el juez Ortega que los imputados alegan le han sido ocultadas en desmedro de su derecho de defensa.
La primera fue la número 073 sacada a relucir en audiencia por la defensa de Víctor Díaz Rúa, y en la que el juez autorizó al procurador general Jean Rodríguez, hacer diligencias y entrevistar delatores premiados en el extranjero, y no lo hizo.
Con las resoluciones números 04 y 06 se le autorizó a hacer las interceptaciones telefónicas, y se desconocen resultados.

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