Cementera refuta al Ministerio de Energía y Minas

Cementera refuta al Ministerio de Energía y Minas

La empresa Cementos Santo Domingo, propiedad de la familia Abinader Corona, mostró mapas, permisos vigentes e informes de cumplimiento ambiental que amparan la exploración y explotación de los yacimientos que sirven de materia prima para el producto final, en Azua.

Los ejecutivos de la empresa refutaron la afirmación del Ministerio de Energía y Minas de que Cementos Santo Domingo cuenta con una concesión para exploración y no para explotación y mostró los documentos de explotación que datan de 2004.

Dijeron que la existencia y validez del certificado fue confirmada ayer por la ex exministra de Industria y Comercio, Sonia Guzmán, quien hizo una declaración a los medios, que también mostraron.

Los ejecutivos leyeron a los periodistas el permiso de Medio Ambiente, expedido en 2013 y válido por cinco años, con la autorización para exploración y explotación de la cementera.

Con esa demostración dijeron desmentir la afirmación del Ministerio de Energía y Minas de que el permiso no ha sido renovado, “el cual, como ustedes pueden ver, sí fue renovado y precisamente en el gobierno de Danilo Medina”.

De ese permiso citaron un párrafo que establece las características de la instalación, que expresa que “Cementos Santo Domingo S. A, es una empresa dedicada a la elaboración de cemento gris Portland (tipo I), mediante molienda de yeso, caliza y clinker, proceso en seco, con una producción de 23,000 toneladas métricas, aproximadamente. Incluye la concesión de explotación para calizas”.

Además del permiso ambiental número 1191-11 modificado, firmado por el actual ministro de Medio Ambiente, Bautista Rojas Gómez, el geólogo Néstor Díaz mostró a los periodistas dos mapas del ministerio, los cuales establecen de manera clara que el polígono de operación de la empresa se encuentra fuera del Parque Nacional Francisco Alberto Caamaño Deñó.

Insistió en que los mapas son de Medio Ambiente y fijan además la existencia de una franja de 300 metros de ancho que separa al polígono de operación del área natural protegida y que por lo tanto no hace daño.

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