Tejada insta al presidente a establecer sanciones por daños

Tejada insta al presidente a establecer sanciones por daños

El expresidente del Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (Codia) Teodoro Tejada, llamó al presidente Danilo Medina a no solo tratar las emergencias para reconstruir todos los daños ocurridos por las fuertes lluvias, sino a que establezca sanciones por la negligencia con que se ha manejado el país y sin ninguna prevención.
Indicó que dado los efectos del cambio climático, estos fenómenos naturales, se convirtieron en desastres naturales por la falta de mantenimiento en infraestructuras viales y un abandono en las canalización, adecuación y colocación de muros de gaviones en las márgenes de los ríos, donde los meandros, son los causantes de la destrucción de los aproches y daños en los estribos de la gran mayoría de estos puentes deteriorados, lo mismo que un mal manejo de cuencas, y ni hablar de la deforestación.
Expuso que no es cierto que los daños anden por el orden de los 20 mil millones, como afirmó el ministro de Obras Públicas, Gonzalo Castillo. “Todavía es total especulación esa afirmación, porque cuando las aguas bajen y mermen las lluvias, se verá y se podrán cuantificar los verdaderos problemas económicos en que se ve afectados el país en estos momentos, que la experiencia me dice que un cálculo aproximado rondan estas pérdidas en más de 100 mil millones de pesos”, expresó Tejeda.
Explicó que el presidente Danilo Medina, ha solicitado al Senado de la República la autorización de declaratoria de emergencia para 14 provincias que han sido fuertemente afectadas por los fenómenos atmosféricos, que por más de un mes vienen castigando gran parte del territorio nacional, no obstante esta petición solo toca a las siguientes provincias: Puerto Plata, La Vega, Espaillat, María Trinidad Sánchez, Santiago, Duarte, Samaná, Sánchez Ramírez, Monte Cristi, Hermanas Mirabal, Hato Mayor, El Seibo, Valverde y Monseñor Nouel.

Medina ha sometió al Senado este anteproyecto de ley, amparado en el artículo 265 de la Constitución de la República, con el objetivo de que se le autorice a declaratoria del Estado de Emergencia, con el propósito de que el Gobierno y sus instituciones cuenten con las jurisdicciones extraordinarias para enfrentar los extraordinarios daños en vidas, edificaciones de viviendas, hospitales, escuelas, cuarteles militares y policiales, infraestructuras viales y agropecuarias.

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