Ventas de divisas pagarán impuesto
a cheques

Ventas de divisas pagarán impuesto <BR>a cheques

POR SOILA PANAIGUA
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) comunicó a los bancos comerciales que las operaciones bancarias serán gravadas con el 0.15%, a los cheques, según lo dispuesto en la Ley 288-04 de reforma fiscal en la cual se incluye la venta y compra de divisas, si se realizan en cheques o en transferencias.

Según la DGII, entre las operaciones que estarán sujetas a retención están: las transacciones en puestos de venta con tarjetas de débito, tanto en cuentas corrientes como en cuentas de ahorro, así como cheques pagados: a) vía Cámara de Compensación, b) vía depósitos mismo banco y c) vía ventanilla.

También, la transferencia a terceros dentro de un mismo banco y transferencia de diferentes bancos, incluyendo: a) pagos por nómina electrónica y b) pagos a terceros por instrucciones del cliente mediante crédito a cuenta o cheque de administración.

Además, los pagos a suplidores de los bancos contra créditos a cuenta o cheques de administración y pago de sus propias nóminas de personal, transacciones para el pago de préstamos: a) débito a cuenta para pago de préstamos y b) débito a cuenta para el pago de tarjetas de crédito.

Además, las transferencias nacionales de banco a banco por orden de clientes, las transferencias de un banco nacional a un banco extranjero y cheques para pagos de intereses de depósitos.

Igualmente, los cheques para cancelar certificados financieros y los cheques emitidos a favor del Banco Central para fines de aperturar certificados financieros por cuenta de clientes.

Mientras que entre las operaciones exentas, acordes con el artículo 382 de la ley 288-04, están los retiro de efectivo en cajero automático de cuentas de ahorros y retiro de efectivo en cajero automático de cuentas corrientes.

Asimismo, los retiros de efectivo en las oficinas bancarias de cuentas de ahorro, las transacciones de tarjetas de crédito y los procesos de liquidaciones de afiliados, así como los pagos de seguridad social, los cheques de administración y certificados para pagos de impuestos.

También, las transacciones del Banco Central, liquidaciones interbancarias utilizadas como complemento a la Cámara de Compensación y tarjetas de crédito y las operaciones interbancarias de corto plazo operadas a través de las cuentas o registros de los bancos en el Banco Central, para hacer frente a los requerimientos de encaje legal.

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