TSE rechaza primer pedimento LF en demanda nulidad candidatura

TSE  rechaza primer pedimento LF en demanda nulidad candidatura

El pais.El Tribunal Superior Electoral (TSE) volvió a pronunciarse este lunes en contra de la modificación estatutaria del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), realizada el 3 de diciembre del 2017 la demanda la encaberón, Guido Gómez Mazara, y Tonty Tutinel, Andrés Henríquez, y César Guzmán Antigua.Hoy/Pablo Matos 8-04-2019

El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó ayer una solicitud de reconsideración de la declaratoria de “extrema urgencia” que emitió el presidente de la alta corte para el conocimiento de la Demanda en Nulidad incoada por seis dirigentes del Partido de los Trabajadores Dominicanos (PTD) que se oponen al cambio de nombre de la organización y a la candidatura presidencial de Leonel Fernández.
El pedimento fue hecho por los abogados de Fernández en la audiencia en la que se conocería la Demanda en Nulidad de la Plenaria celebrada por el PTD el 16 de octubre pasado; el acuerdo suscrito el 18 entre el presidente de la organización, Antonio Florián, y Fernández, este último actuando en nombre de los miembros y dirigentes de La Fuerza del Pueblo; y el Congreso Nacional Extraordinario celebrado el día 20 del mismo mes.
Nadie se lo pidió. La defensa de Fernández cuestionó que el presidente del TSE, Román Jáquez , dictara el Auto número 119-2019 el 11 de noviembre en curso declarando de extrema urgencia para el conocimiento del recurso incoado por José González Espinosa, Manuel de Jesús Florián, Genry Rodríguez, Bienvenido Reyes Shephard, Jonatan Matos Beltré y Miguel D´Oleo Vásquez, sin que estos lo solicitaran.
Indicó que además la naturaleza del caso no permite una declaratoria de urgencia, “pues se trata de una demanda en nulidad ordinaria”.
Los abogados de Fernández dijeron que aunque esa es una perrogativa que le confiere al presidente del TSE el artículo 30 del reglamento contencioso-electoral en casos muy particulares, “hubo un desconocimiento de un planteamiento de hecho” ya que los demandantes no han planteado ninguna solicitud en ese sentido.
Consideraron que dado el volumen de la demanda, la naturaleza de las pretensiones que hay envueltas en ella, las cuales dijeron no dependen únicamente de un examen de juridicidad sino que requieren de una instrucción, la misma se pueda conocer “de extrema urgencia, con el carácter sumario que eso conlleva”.
Excepción de incompetencia. Santiago (Chago) Rodríguez, integrante de la defensa de los demandantes, formuló una excepción de incompetencia del pleno del TSE para conocer del pedimento de reconsideración de extrema urgencia hecha por defensa de Fernández, en el entendido de que esa facultad corresponde al presidente del organismo que fue quien dictó el auto en cuestión.
De inmediato el PTD formuló un fin de inadmisión contra la excepción de incompetencia, alegando que la parte demandante no indicó cuál era la jurisdicción competente para conocer de la solicitud de reconsideración aludida.
La respuesta de los jueces. Tras el incidente planteado por la defensa del expresidente Fernández al cual se adhirió el PTD y La Fuerza del Pueblo, los jueces se retiraron a deliberar y , a unanimidad, decidieron rechazar los tres planteamientos formulados.
Rechazo reconsideración de “ extrema urgencia”. El pleno de jueces rechazó, a unanimidad, la solicitud que hizo Fernández y el PTD, afirmando que dicha medida “se ordena no en función de la naturaleza del caso sino en atención al calendario electoral que se desarrolla o a los hechos concretos que rodean el caso”, e indicó que ya el periodo electoral se encuentra abierto con la correspondiente proclama dictada por la JCE, todo ello en atención a los artículos 29, 30, 50, 51 y 52 del reglamento contencioso-electoral.
Aplaza audiencia y da plazos. La audiencia fue diferida para el jueves 21 a las 10:00 de la mañana.
Los jueces además otorgaron un plazo hasta el miércoles 20 a las 12:00 del mediodía para una comunicación recíproca de documentos entre las partes, para que los litigantes depositen documentos vía secretaría. Al vencimiento del mismo, le concedió otro hasta el jueves 21 a las 9:00 de la mañana para que tomen conocimiento de los mismos.
También para que el abogado Fredermido Ferreras formalice su intervención voluntaria en la Demanda en Nulidad incoada por los cinco dirigentes del PTD.
Defensa de Leonel
La ostentan los abogados Manuel Fermín Cabral, Manuel Ulises Bonnelly, Miguel Valerio y Ramón Emilio Núñez. La defensa de La Fuerza del Pueblo la llevó Namphy Rodríguez.
Demandantes
Los seis dirigentes del PTD que incoaron la Demanda en Nulidad de las negociaciones de esa organización con Fernández están representados por los abogados Eduardo Ramos, Rafael Sánchez, y Félix y Angel José Vargas.

Publicaciones Relacionadas

Más leídas