La negativa a declarar o actualizar
los bienes refuerza sospecha corrupción

La negativa a declarar o actualizar<BR>los bienes refuerza sospecha corrupción

MINERVA ISA Y ELADIO PICHARDO
m.isa@hoy.com.do / e.pichardo@hoy.com.do
Desde la perspectiva de que el combate de la corrupción es un imperativo  para revertir su impacto negativo sobre el gobierno y la sociedad, se dictó en 1979 la Ley 82, que obliga a los funcionarios del Estado a declarar su patrimonio, tejiéndose desde entonces una historia de desacatos, cumplimiento parcial, denuncias de declaraciones falsas, de sobrevaluaciones y subvaluaciones según se trate de los bienes poseídos antes o después de pasar por un cargo público.

Veintinueve años de reincidencia en la violación de la ley de declaración jurada de bienes, que se infringe de manera particular en el gobierno municipal. De alrededor de 2,310 funcionarios edilicios que iniciaron su ejercicio en 2006, sólo 29 la han presentado: 13 síndicos,  2 vicesíndicos y 14 regidores. No más del 1.2%.

Los ediles obligados por ley a levantar un inventario detallado, jurado y legalizado ante notario público de sus bienes dentro del mes de su toma de posesión y un período similar al cesar sus funciones son 155 síndicos, igual número de vicesíndicos, los tesoreros municipales y unos 2,000 regidores.

Sólo en un ayuntamiento, el de Nigua, la depositaron todos.

El desacato a la Ley 82-79 es igualmente alto entre los diputados: faltan 63 por declarar sus bienes. De 178 , la remitieron a la Tesorería Nacional 115, y 28 de los 32 senadores.

De los funcionarios del tren gubernamental que iniciaron en 2004 su gestión, 842 la habían depositado hasta agosto de 2006, cantidad que subió a 1,180 después del decreto 287-06 que dispone su actualización y presentación digitalizada.

“Ya con ese tipo de declaración computarizada, digital, alrededor de un 70% de los funcionarios del Ejecutivo cumplieron con la misma”, afirma el director  de Persecución de la Corrupción Administrativa (DPCA), Octavio Líster.

Sobre el total de funcionarios que abarca la Ley 82 y los que no han cumplido su mandato, Líster responde que esa legislación es obsoleta y muy ambigua en cuanto a señalar con exactitud los conminados a declarar sus bienes.

Por ejemplo, agrega, también obliga a los inspectores de Aduanas y de la Dirección General de Impuestos Internos.

Con las instituciones autónomas y descentralizadas del Estado -indica- es que no se tiene control para saber la cantidad precisa. 

Esa ley, que data de 19 años antes de la Convención Interamericana contra la Corrupción, no establece sanciones penales, sino de índole administrativo, como la amonestación y retención del salario a quienes no hagan su declaración dentro del plazo previsto por esa legislación.

Ni siquiera eso se cumple. La Ley 82 no sólo es burlada por los llamados a declarar sus bienes, sino también por los encargados de aplicarla, al pagar sus sueldos a los infractores.

Además, olímpicamente se ignora lo establecido en el párrafo único de su artículo 6, el cual dispone: “Las adquisiciones de bienes efectuadas por un funcionario que no hubiere hecho el inventario, serán consideradas ilícitas con todas sus consecuencias, hasta prueba en contrario”.

Asimismo, de acuerdo con el artículo 7, los funcionarios que se hubieren enriquecido ilícitamente mientras ejercen sus funciones, con motivo u ocasión de las mismas, les serán aplicables las penas previstas en los artículos 174 a 183, ambos inclusive, del Código Penal.

En muchos casos, el cumplimiento es parcial, haciendo la declaración jurada al iniciar su gestión  pública, pero no al cesar sus funciones, como ocurrió con gran parte de los funcionarios del gobierno perredeísta de 2000-2004, como igualmente sucedió con una alta proporción de los que en 2004 iniciaban una nueva administración peledeísta.

Dos días después de vencerse el plazo legal, el 18 septiembre de 2004, se informó que de más de 2,000 funcionarios entre los salientes y entrantes que, según el entonces Departamento de Prevención de la Corrupción (DEPRECO) deberían declarar su patrimonio, sólo 75 lo habían hecho ante esa dependencia.

Decreto.  A instancias de la DPCA, el presidente Leonel Fernández dispuso el 17 de julio de 2006 mediante el decreto 287 que los funcionarios aludidos por la Ley 82 declaren sus  bienes mediante un nuevo sistema automatizado y uniforme, con un formulario diseñado y administrado electrónica y digitalmente en la página de Internet habilitada por la Tesorería Nacional y la DPCA.

Previo al decreto -explica Líster-, a pesar de que había un formulario aprobado por la Contraloría, como no estaba obligado por una disposición, cada funcionario hacía su declaración ante un notario y no había una unificación, lo que dificultaba a los auditores para hacer las comparaciones y los ajustes.

De hacerse la declaración con datos “fidedignos, comprobables y verificables” como se demanda, la actualización permitiría conocer cómo ha variado el patrimonio de un funcionario a su paso por un departamento estatal.

La información suministrada por los funcionarios  deberá estar avalada y acompañada de los soportes y justificativos correspondientes que demuestren su idoneidad y permitan su comprobación por  cualquier órgano competente, judicial o administrativo. 

La Procuraduría, a través de la DPCA, podrá solicitar a cualquier entidad del gobierno central un intercambio o cruce de información para verificar esas declaraciones o suscribir acuerdos de cooperación con  otra entidad no adscrita al Ejecutivo que maneje base de datos de bienes muebles e inmuebles.

Pero al momento, las interrogantes sobre la verificación de esa información se quedan en el vacío, teniendo por respuesta evasiones, vaguedades, ambigüedades que hacen presumir que esas declaraciones de bienes son un simple formulismo, y llevan a coincidir con quienes reiteran que la 82-79 es una ley natimuerta.

ZOOM

Síndicos que han declarado bienes

–Esmerito Antonio Salcedo Gavilán, Distrito Nacional. Bolívar Hernández, Duarte. Noel Octavio Suberví Nin, Barahona. Arcadio José Ramón Rosa Escoto, Hostos. Rafael Enríquez Ramírez Soto, Los Cacaos.

–Mateo Rosario, Monte Plata. Inocencio Mercedes Eduardo, Nagua. José Bienvenido Montás Domínguez, San Cristóbal. Marcelino Báez Báez, Nigua. Rafael Orlando Macea Mateo, San José de Ocoa.

–Domingo de los Santos León, Vicente Noble. Pedro Peralta Peralta, Villa Altagracia. Amantina Escarlett Gómez , Navarrete. Incumplen retención de los salarios

La negativa a acatar  la Ley 82 y el decreto presidencial 287 en medio de evidencias y denuncias de funcionarios del Estado millonarios de la noche a la mañana sin recibir una herencia ni sacarse la “Loto”, alimenta la suspicacia,  los recelos.

 Sospechas que los propios funcionarios se ocupan de reforzar, negándose a revelar su patrimonio al entrar y salir de su gestión pública.

Las declaraciones juradas de bienes que han sido depositadas reposan en una bóveda con su centinela en la Tesorería Nacional, adonde deben enviarse con un duplicado para la Procuraduría General. “Nosotros lo que somos es custodia de esa información, no la manejamos”, dice el tesorero nacional, Guaroa Guzmán,  remitiendo a los periodistas a la Procuraduría. “Ellos son los que manejan esa información, nosotros apenas somos custodia, ustedes ahora mismo me preguntan cuántos han declarado y no lo sé, tendría que hacer un inventario. La ley no nos faculta para hacer examen ni inventariar”.

Al llegar, los expedientes se guardan en una caja fuerte, donde los recibe un funcionario con 35 años en la institución, quien tiene la llave de la bóveda.

El artículo 4 de la Ley 82 indica que el Tesorero Nacional deberá abstenerse de ordenar los pagos de los sueldos de los funcionarios hasta que declaren sus bienes.  ¿A       cuántos le han sido retenidos? “Después que estoy aquí –hace tres meses- eso no se ha hecho, que yo sepa, no. No tengo experiencia en eso”.

De los pocos casos conocidos, está la retención de los salarios por disposición de la Procuraduría  General y la DPCA en septiembre de 2006 contra 83 fiscales que no cumplieron el mandato legal.

LAS FRASES

Octavio Líster

En la Cámara de Diputados faltan por declarar alrededor de 60%, de un total de 178”.

A solicitud nuestra, el Presidente dictó el decreto que obliga a actualizar la declaración jurada”.

Guaroa Guzmán

Somos custodia de esa información, no la manejamos, mi declaración la hice a través de la Procuraduría”.

Si me preguntan cuántos han declarado, no lo sé, tendría que hacer un inventario”.

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