A propósito de la Titulación de Tierras (Parte 1)

A propósito de la Titulación de Tierras  (Parte 1)

En los últimos tiempos se han estudiado, debatido y presentado soluciones para tan espinoso tema en lo concerniente a las expropiaciones, sin que hasta ahora –que sepamos– haya un sistema o fórmula para buscar una salida satisfactoria y decorosa al problema, que sea por lo menos del agrado de los afectados y también del Estado Dominicano, principal actor en esta materia.
Las expropiaciones propiamente dichas, se iniciaron en la mal denominada “Era de Trujillo”, en donde el instinto rapaz del dictador y en su afán de convertirse en el mayor terrateniente del país, empezó a confiscar terrenos, viviendas y empresas sin por supuesto, pagar según lo establecido por la Constitución, el precio justo acordado entre las partes.
Así, se adjudicó las propiedades que eran más rentables y apetecidas, como la finca cacaotera en Barranca, La Vega, propiedad de Juancito Rodríguez. Cuando éste acorralado por el régimen, luego de la expropiación de una inmensa finca ganadera en Jima, decidió desde un rústico campo de aviación situado en La Vega, fugarse del país en 1948, luego que Trujillo ordenara su apresamiento. Su vecino, el hacendado Ramón “Mamón” Henríquez, también fue despojado de otra enorme finca ganadera en la misma zona por haber abrazado a su compadre Juancito en New York y los calieses remitieron a Trujillo una foto de ambos, después que Mamón había negado haberse encontrado con él.
Como solamente estamos interesados en destacar las grandes expropiaciones que ha realizado el Estado Dominicano desde el año 1930, año de ascensión de Trujillo al poder, no incluiremos viviendas o empresas que también fueron confiscadas. El empresario salvadoreño Gadala María convenció a Trujillo para instalar una maquiladora de algodón. Enseguida, comenzó a comprar terrenos a precio vil, como fue la Algodonera en Belloso, La Isabela, Puerto Plata, donde adquirió más de 10,000 tareas a RD$1.00. Asimismo, en la zona de Juancho y Enriquillo también esquilmó a varios propietarios con la finalidad de sembrar algodón. En Azua también se encontraban los sembradíos de sisal que abastecían de materia prima a la Fábrica de Sacos y Cordelerías (FASACO). Otra comarca en donde se efectuaron grandes expropiaciones fue en El Pozo, en esa época perteneciente a la provincia Julia Molina, hoy María Trinidad Sánchez.
En un encuentro de productores que celebró la Junta Agroempresarial Dominicana (JAD) en septiembre, presenté una ponencia con el título de “Antecedentes y soluciones para la Titulación de Tierras” de la cual extraemos algunos conceptos que consideramos vitales para la solución de este rompecabezas.
Trujillo no fue el único gobernante que expropió terrenos. El Dr. Balaguer hizo lo propio en la Parcela No. 13 de María Trinidad Sánchez incautando más de 50,000 tareas sin que los propietarios hayan sido hasta la fecha indemnizados. El presidente Antonio Guzmán no se quedó atrás y también confiscó una de las fincas ganaderas más hermosas propiedad de la familia Aguayo en el trayecto Controbas-San Francisco de Macorís.
La Constitución de la República 2010 establece en su artículo 51 el Estado reconoce el derecho de propiedad. Esto implica “que nadie puede ser expropiado de su propiedad, sino por causa justificada de utilidad pública o de interés social, previo pago de su justo valor, determinado por acuerdo entre las partes o sentencia de tribunal competente …..”.
De este postulado se deriva, que todas las expropiaciones que se han hecho irregularmente hasta el presente, son inconstitucionales cuando el Estado no ha realizado el previo pago de su justo valor. Este es el meollo por el cual el Estado Dominicano no ha podido entregar a los beneficiarios títulos definitivos de propiedad, sino precarios que pueden ser anulados y restituidas las propiedades a sus legítimos dueños si estos invocan ante los tribunales competentes “su inconstitucionalidad”. Pero, como carecemos de un Estado de derecho, viene a colación la frase: “sueña pilarín”.

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