A propósito de Semana Santa, un Código Penal sin privilegios

A propósito de Semana Santa, un Código Penal sin privilegios

Millizen Uribe

Hace más de un mes se inició una nueva legislatura en el Congreso Nacional que tiene pendiente varios proyectos de leyes importantes, incluyendo el Código Penal.

Como estamos en Semana Santa, período que de acuerdo a la tradición cristiana es una época de reflexión sobre el sacrificio, vida y obra de Jesús, sería idóneo que los legisladores aprovechen para analizar el comportamiento de Jesús hacia las injusticias, los sectores religiosos y políticos que operan con privilegios y hacia las mujeres.

Aunque lo correcto sería que una ley tan importante y medular como el Código Penal, no se vinculara a ningún argumento o idea religiosa porque uno de los principios del Estado dominicano es la laicidad, que implica el no establecimiento de una religión oficial y por ende que las políticas públicas no respondan a religiones.

Por el contrario, el artículo 45 de la Constitución proclama la libertad de conciencia y de cultos, permitiendo que cada quien elija libremente cualquier tipo de creencia religiosa o, por el contrario, no elija ninguna , y ni una decisión ni la otra deben constituirse en fuente de privilegio o discriminación. Tampoco en inspiración de políticas públicas. Así lo establece la misma Carta Magna cuando en el artículo 39 proclama el Derecho a la Igualdad y dice nadie debe ser objeto de discriminación por ninguna razón, citando de manera textual la religión, entre otras.

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No obstante, sabemos que hay trabas históricas, culturales y politiqueras que han impedido que la laicidad del Estado se materialice. Una de ellas es el Concordato, firmado en la tiranía de Trujillo, que hace concesiones especiales a la Iglesia católica, que desde la colonización ha influenciado, en ocasiones impuesto, la psiquis y praxis de muchos dominicanos, incluyendo los políticos.

De ahí que, lastimosamente, todavía el Estado dominicano no pueda exhibir un ejemplo de desarrollo, madurez y avance institucional abocándose a su laicidad y dejando los temas religiosos fuera de las discusiones del Código Penal, como han hecho países que son fuentes del catolicismo, como España, o del protestantismo, como Estados Unidos, y han logrado despenalizar la interrupción del embarazo en las condiciones especiales que se reclama en República Dominicana, conocidas como las tres causales: cuando la vida de la mujer peligra, cuando el embarazo es producto de violación por un familiar o un particular o dada la inviabilidad del feto.

Pero, como “con estos bueyes es que hay que arar”, me parece oportuno que sepan que incluso si obviamos la laicidad de Estado, que es lo legal y lo legítimo, y aprovechamos que estamos en Semana Santa, y entramos en su terreno, el de la narrativa religiosa, lo justo sería que las tres causales se incluyan en el Código Penal ya.

Esto porque si se evoca la figura de Jesús, retratado en los evangelios de Lucas, Mateo, Marcos y San Juan, se verá a un Cristo cercano a las mujeres, por lo tanto, no es correcto refugiarse en el cristianismo para promover políticas públicas que legalicen la discriminación y el odio. Después de todo el mismo Jesús proclama la separación de los temas divinos de los terrenales cuando dijo: “A Dios lo que es de Dios y al César lo que es del César”. ¡Amén!

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Millizen Uribe

Millizen Uribe

Periodista. Editora del Periódico HOY Digital