ABA: secreto bancario está en Ley Financiera

ABA: secreto bancario está en Ley Financiera

La Asociación de Bancos Comerciales de la República Dominicana (ABA) declaró que el derecho a la privacidad y confidencialidad de las personas está consagrado en la Constitución de la República.

Al ser consultada sobre el tema, la Asociación de Bancos  manifestó que el secreto bancario está establecido en el artículo 56, literal B, de la Ley Monetaria y Financiera, que dispone que, además de las obligaciones de confidencialidad  derivadas de las buenas prácticas y usos bancarios, los bancos tienen la obligación legal de guardar secreto sobre los depósitos (de ahorro, a plazo, cuentas corrientes, etc.), que revele la identidad de las personas.

Sin embargo, la ABA señaló que la misma ley establece que el secreto bancario se levanta cuando las autoridades tributarias (como la Dirección General de Impuestos Internos), la Dirección Nacional de Control de Drogas, o los Tribunales de la República requieran informaciones específicas de las personas, a través de la Superintendencia de Bancos, en los procedimientos legales que se ventilen en la justicia, o cuando los mismos estén llevando a cabo investigaciones de casos específicos en el campo de su responsabilidad.

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Requerimientos

La Asociación de Bancos informó que los requerimientos  de información de las entidades del Estado facultadas para solicitarlas  son siempre atendidos por los bancos, una vez cumplidos los canales legales e institucionales establecidos.

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