El abogado de Alexis Villalona, Jorge de los Santos, señaló hoy que el acuerdo arribado con Santa Arias no establece acuerdo económico.
“Hasta ahora no tenemos ningún tipo de acuerdo económico porque el documento que debidamente fue firmado no establece cantidades. Hay un acuerdo de confidencialidad en razón del estado de importancia, de la publicidad y el boom y grandilocuencia normal de este proceso. Hasta ahora el documento no figura cantidades. Por vía de consecuencia tenemos el acuerdo de discrecionalidad de no hacer divulgaciones”, indicó De los Santos.
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Acuerdo
En relación al acuerdo firmado por Santa Arias y Alexis Villalona, el jurista manifestó que fue una decisión espontánea de la agredida.
“Ella decidió de manera muy espontánea provocar un acercamiento. Ella tomó la decisión de renunciar a la continuidad del depósito de querella. Y de manera muy voluntaria fue plasmada su voluntad en un documento instrumentado por un notario público”, expresó el abogado en llamada telefónica al programa “Sol de la Mañana”.
“El documento establece primero, la fórmula de su decisión de retirar y no darle seguimiento. De asumir algún tipo de actitud ante Alexis Villalona. No darle continuidad a ningún tipo de acción judicial por ante ningún órgano jurisdiccional comprometiéndose a no realizar intentar ningún tipo de acción judicial ni del aspecto meramente civil, laboral, administrativo ni de ninguna otra índole. Por vía de consecuencia no tiene el interés según lo establece el mismo documento de darle continuidad a ningún tipo de acción judicial en perjuicio de Alexis Villalona”, refirió el abogado.
Se cae expediente
De los Santos afirma que tomando en cuenta lo establecido en el artículo 29 del Código Penal, el expediente acusatorio del Ministerio Público se cae.
“Si en un hecho de acción pública una parte de modo alguno desiste, y decide de modo alguno proceder a nivel de retiro, el Ministerio Público bajo ningún tipo de condición o parámetro puede darle seguimiento a un proceso hasta cumplir las 10 etapas de proceso acusatorio si lo que se trata es un hecho de acción pública”, puntualizó.