Abogado prefiere cárcel por dos años, antes que mantener sus hijos

Abogado prefiere cárcel por dos años, antes que mantener sus hijos

Un  abogado  prefirió estar dos años en la cárcel que cumplir con la manutención de sus tres hijos, reveló hoy la procuradora fiscal adjunta del Distrito Nacional, Ana Andrea Villa Caamacho.

Villa Caamacho, quien ofreció sus declaraciones en el programa La Verdad Ante Todo, que se transmite por Dominicana FM, dijo que el profesional del derecho, a quien no identificó, cumple la condena por violar la ley 136-03, sobre manutención.

Advirtió que esa persona o cualquiera que viole dicha legislación  están obligadas  a cumplir con sus responsabilidades, aunque cumpla con la condena.

“Yo conozco casos de padres  que prefieren irse a La  Victoria por dos años, que pagar una manutención”, dijo.

Aseguró que muchas mujeres ven como una vergüenza  el reclamar una pensión alimentaria para sus hijos, y no llegan a entender que se trata de un derecho, que es innegociable.

Manifestó que la ley 136-03 es una legislación especial y penal. De acuerdo a esa ley la  manutención implica los cuidados, servicios y productos encaminados a satisfacer las necesidades básicas de los niños, niñas y adolescentes.

Explicó que la manutención implica satisfacer las demandas de comida, habitación, vestido, asistencia y atención médica, educación, recreación, educación integral, entre otros.

Señaló que hay hijos huérfanos de padres vivos y que hay hombres que se separan de sus hijos cuando se dejan de las madres.

También criticó a los padres que les ponen precio a sus hijos, al tiempo que explicó que en la manutención tienen responsabilidades iguales tanto el padre como la madre.

“Cuando se va a  imponer una pensión alimentaria se investigan los ingresos del padre, a quien se le está demandando, y los ingresos de la madre, éstos se computan en un inventario en base a las necesidades del niño“, educación, salud, alimentación, transporte, de acuerdo alas necesidades del niño y los ingresos del padre se impone una pensión alimentaria”, señaló.

Dijo que si el papá no trabaja en la ley se presume que recibe por lo menos un salario mínimo oficial. El artículo 189 otorga potestad al juez para imponer una pensión en base a esos ingresos, que regularmente se establece entre los dos mil y tres mil pesos por hijo.

Asimismo, informó que las madres pueden acudir al juzgado de paz de la jurisdicción donde viven los hijos y para querellarse deben presentar el acta de nacimiento del niño para probar la afiliación, su cédula y un inventario de gastos del menor y adolescente.

“La mujer que tiene en su manos una sentencia de manutención tiene una herramienta importante -si el padre incumple- ya que inmediatamente el fiscal tiene que ejecutar esa sentencia y apresar a ese hombre, quien  es liberado cuando paga el dinero de esa pensión”, indicó.

Por tal motivo, sugirió a las mujeres a no desmayar y luchar por que se cumpla la ley 136-03.

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