Dos juristas consideraron acertada la decisión del expresidente Hipólito Mejía y del senador Winston Guerrero de poner fin a la acción judicial por difamación e injuria mediante una disculpa pública, acto de contrición o desagravio público, poniendo fin a una acción pendiente desde el 2012.
Los abogados Cristóbal Rodríguez y Nasser Perdomo Cordero, expertos constitucionalistas, apoyaron su opinión en que el Código Procesal Penal establece que los casos por difamación e injuria son privados y el afectado es quien lleva la acusación.
“Esa decisión manda una señal muy clara del sistema de justicia y que es el ejercicio de los derechos, y en este caso la libertad de expresión tiene que estar subordinado a la observación de ciertas reglas y conductas responsables. Nadie tiene derecho a estar dañando la honra y reputación de otras personas sin tener pruebas de las imputaciones que formula”, opinó Rodríguez.
Perdomo Cordero explicó que en materia de difamación e injuria las partes pueden ponen fin al proceso judicial mediante un acuerdo.
Agregó que en ese tipo de caso el Tribunal no puede obligar a las partes a seguir el proceso, como sucede en otras acciones.
Citó el Código Procesal Penal, que establece que el caso de difamación e injuria es privado, por lo que quien lleva la acusación es el propio afectado y el Ministerio Público no puede perseguir.
En la campaña electoral del año 2012 Guerrero dijo que Mejía había viajado a Sinaloa, México, en un avión del narcotraficante Joaquín “El Chapo Guzmán”, por lo que el expresidente Mejía lo demandó. Ayer Guerrero se disculpó ante el pleno de la Suprema Corte de Justicia.