Academia apoya tres causales

Academia apoya tres causales

Rueda de Prensaen el Campamento de las tres causales encabezado por Luis Schecker Ortiz, Lilian Founder, Lourdes Contreras y Glenis Checo. Hoy/Fuente Externa 21/04/21

Cree necesario proteger la vida de la mujer embarazada

La Academia de Ciencia de la República Dominicana apoyó que en el nuevo Código Penal Dominicano se exime de responsabilidad penal la interrupción del embarazo si la madre corre peligro, en caso de violación o incesto y por inviabilidad o mal formación del feto.

La entidad presentó ayer un estudio sobre el tema en una rueda de prensa en el campamento de las Tres Causales, frente al Palacio Nacional, que encabezó Luis Scheker Ortiz, junto a ginecóloga Lilliam Founder, Lourdes Contreras y la abogada Glenis Checo.
Se planteó que el tema del aborto no debe ir a referéndum ya que los derechos fundamentales no deben ser sometidos a discusión.

Scheker Ortiz, presidente de la Academia de Ciencias de la República Dominicana, planteó que el derecho a la vida no es un derecho absoluto en “nuestro texto constitucional, posición que apoyó Glenis Checo.

Agregó que el artículo 37 admite ponderación frente a otros derechos fundamentales que también son recogidos en la Constitución.

Citó el dictamen entregado en 2019, a la Cámara de Diputados, junto con la Coalición por los Derechos y la Vida de las Mujeres en que se valoraba el proyecto de ley con la recomendación de que se integren las tres causales del aborto.

Explicó que esa investigación presenta argumentos legales para ampliar las eximentes del aborto contemplada en el proyecto de modificación del Código Penal, para incluir, además del riesgo para la vida de la mujer embarazada, la violación o incesto y la inviabilidad fetal.
Founder afirmó que es inhumano mantener un embarazo cuando se sabe que el feto presenta mal formación o que existen situaciones que pondrían en peligro la vida de la mujer.

LAS CLAVE

A otras legislaciones
Scheker Ortiz dijo que el derecho y la jurisprudencia comparada que se ha hecho en el país, son base jurídica sustantiva para que, después de ser aprobadas en el Código Penal, las tres causales se puedan remitir a legislaciones particulares para que, en el Código de Salud se puedan estructurar los protocolos y procedimientos pertinentes.

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