Acceso a información pública previene corrupción

Acceso a información pública previene corrupción

POR DIEGO PESQUEIRA
La abogado a cargo de la Oficina de Información y Privacidad en el Departamento de Justicia de Estados Unidos, Tricia Wellman, afirmó ayer que cuando los ciudadanos pueden acceder con facilidad a la información pública se logra controlar los actos de corrupción, puesto que las decisiones de los funcionarios pueden ser observadas y evaluadas.

Wellman, quien lleva once años en sus funciones, dijo que el Estado está en la obligación de suministrar a los medios de comunicación y a los ciudadanos toda la información que no atente contra la seguridad nacional ni vayan en contra del orden público.

En entrevista realizada en el Centro Franklin de la embajada de Estados Unidos, estimó que el libre acceso a la información contribuye con el fortalecimiento de la democracia.

El pasado 28 de abril fue presentada en la República Dominicana la Ley 200-04 de Libre Acceso a la Información Pública y su Reglamento de Aplicación, en un acto organizado por el consultor Jurídico del poder Ejecutivo, César Pina Toribio, y el comisionado de justicia, Alejandro Moscoso Segarra, con los auspicios de la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID).

Estimó, en consecuencia, que esta normativa es muy joven en el país con relación a los Estados Unidos, donde se promulgó la ley de Libertad de la Información (FOIA) hace 40 años.

Afirmó que esta ley ha estado por tanto tiempo al servicio de los ciudadanos de Estados Unidos, que ya es parte de la sociedad.

«Los ciudadanos estadounidenses ven como un derecho que les pertenece el hacer solicitudes de informaciones públicas al gobierno. Es un derecho por el cual ellos (los ciudadanos) luchan», indicó.

Explicó que en algunos casos es la justicia que debe decidir sobre solicitudes de informaciones que el Estado entiende deben permanecer clasificadas como secretas.

Empero, enfatizó en que la Ley de Libertad de Información requiere que algunos tipos de documentos estén disponibles sin necesidad de solicitarlos.

Dijo que las personas que solicitan estos documentos no necesitan dar ninguna razón de por qué los quieren o explicar qué uso les darán.

Wellman dictará varias conferencias en el país en las que hablará sobre la experiencia de los Estados Unidos en la aplicación de la Ley de Libertad de la Información y cómo la experiencia de ese país puede ser trasladada a la República Dominicana.

VENTAJAS

Wellman precisó que el acceso a la información hace posibles que los ciudadanos puedan impugnar actos gubernamentales con los cuales están en desacuerdo y al mismo tiempo procuran reparaciones de la mala conducta oficial.

Sostiene que cuando la ciudadanía puede acceder a las informaciones públicas se forma una especie de vigilancia colectiva, que les recuerda a los funcionarios que deben actuar de manera correcta.

EXCEPCIONES

Declaró que la Ley de Libertad de Información contiene nueve excepciones para permitir la revelación, entre estas, algunas que se refieren a documentos declarados secretos, apropiadamente, en el interés de la defensa nacional o la política exterior; consistentes en guías o directivas internas que discuten estrategias de ejecución de la ley, cuya publicación podría dar oportunidad de evadir la ley; las que su revelación está específicamente prohibida por otras leyes, y las que contengan información comercial o financiera confidencial o privilegiada.

También las que están protegidas por ciertos privilegios de litigio judicial; las que su revelación constituiría una invasión evidente e injustificada de la intimidad personal; las compiladas con propósitos de ejecución de la ley, cuya revelación podría, razonablemente, esperarse que creara riesgos de causar ciertos daños; las contenidas en la supervisión de instituciones financieras por una agencia encargada de la regulación o supervisión de tales instituciones, o relacionados con dicha supervisión y que contengan información geofísica o geológica concerniente a pozos de petróleo.

Manifestó que los tribunales interpretan estas excepciones de una manera estricta.

PUNTOS CLAVES

La abogado del Departamento de Justicia de los Estados Unidos citó diez puntos que a su entender son claves para la puesta en práctica de la ley de acceso a la información pública.

El primero es la claridad de los requerimientos, debido a que este aspecto es esencial para su comprensión y aceptación.

«Mientras más claras sean las obligaciones legales que están asignadas a las agencias y a sus empleados, mejor», precisó

Citó, además, el reconocimiento de la «cultura de cambio», debido a que existe la posibilidad de que haya resistencia al cambio.

Entiende que también debe haber un compromiso institucional de alto nivel en cada agencia de gobierno, un liderazgo centralizado por parte del gobierno y el financiamiento suficiente, que representa el indicador más claro del compromiso del gobierno al proyecto.

Otros aspectos, que definió como claves para la práctica de la Ley de Acceso a la Información Pública, es la participación en los grupos que hacen solicitudes de determinadas informaciones.

Además, diálogo con los solicitantes, puesto que se puede apaciguar a los requirientes individuales con tan solo hablar con ellos.

«Las conversaciones reducen muchos malentendidos y disputas entre las agencias y los solicitantes y pueden facilitar la especificación de la solicitud de información», apuntó.

Entiende que el entrenamiento a todas las agencias del gobierno en la puesta en práctica de la ley es vital para que haya uniformidad, eficiencia y conformidad con la ley.

Además, entiende que debe haber un entrenamiento especializado en la elaboración de las formas, prácticas, manuales y regulaciones de cada agencia.

Su última recomendación es que se haga una evaluación interina de las experiencias de todas las agencias en un período de tiempo determinado, lo que permitirá hacer los ajustes y clarificaciones necesarias.

PERFIL

Tricia Wellman además de consejera, tiene responsabilidad de revisar las solicitudes hechas bajo la Ley de Libertad de la Información (Freedom of Information Act) a la oficina del Procurador General de los Estados Unidos y a otras altas entidades del Departamento.

También, entre otras funciones, es revisora de los casos judiciales del equipo de peticiones iniciales y es instructora de diversos programas de entrenamiento sobre la Ley de Libertad de la Información.

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