Acceso a medicamentos como derecho humano

Acceso a medicamentos como derecho humano

El derecho a la vida forma parte fundamental de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y de otros tratados internacionales, así como también de las Cartas Sustantivas de la mayoría de las naciones. Es un derecho de primera generación del cual derivan otros derechos, como a la salud, y de este a su vez el derecho de acceso a medicamentos.
La OMS estimó en 2015 que solo 2/3 partes de las poblaciones de países en vía de desarrollo tienen algún tipo de acceso a medicamentos esenciales. Este renglón en la estructura de costos de la atención en salud puede ser hasta el 40% del presupuesto de salud de algunos países. La carga financiera del gasto en medicamentos que no es asumida por el Estado ni por seguros privados, lo es por las propias personas como gasto de bolsillo, agravando su estado de pobreza, pudiendo ver complicarse su estado de salud y hasta morir.
Si revisamos la situación del acceso a medicamentos esenciales de la población, nos daríamos cuenta de lo lejos que estamos para cumplir este derecho, a pesar de algunos esfuerzos, justo es decirlo: En la atención ambulatoria a los afiliados del régimen contributivo solo se les financian hasta 8 mil pesos por año; para enfermedades de alto costo (unas 17), un millón de pesos al año. En el subsidiado, y no afiliados a la seguridad social, también ambulatorio, para el primer nivel la ARS pública contempla 28 millones de pesos mensuales, de los cuales solo factura PROMESE unos 15 millones para sus afiliados; y para los no afiliados la estimación es de 30 millones mensuales asignándose solo 10 millones, esto es para todas las unidades de atención primaria. Para los pacientes ingresados en hospitales se necesitan alrededor de 3 mil millones y solo se otorgan unos 1800 millones. En los del contributivo existe el 80/20, es decir, la ARS cubre el 80 % y el paciente el 20%. Como se puede ver el déficit es obvio. No hablaré de enfermedad de alto costo de los no afiliados y subsidiados, la precariedad es una verdad de a puño. El PROMESE ha venido haciendo una labor importante con las Farmacias del Pueblo que mitiga esas necesidades sentidas, sobre todo para las enfermedades comunes.
Para cumplir con este derecho se necesita el conocimiento de la problemática, la voluntad política, asignación de recursos económicos adecuados; pero además regular la economía y negocios del sector salud, el componente ético de la industria farmacéutica, el compromiso y responsabilidad de las ARS, los prestadores de la atención: profesionales y centros de salud. No se puede obviar las academias que forman los profesionales de la salud.
El organismo de regulación sanitaria juega un papel fundamental por su responsabilidad con la calidad, eficacia y seguridad de medicamentos y productos sanitarios. No tiene menor importancia todo lo concerniente al uso racional de medicamentos, para lo cual es imprescindible la participación de las academias, CMD, Sociedades Médicas Especializadas, MSP a través del Viceministerio de Garantía de la Calidad, SNS, etc.
Es evidente la necesidad de invertir en Innovación, investigación y desarrollo, área donde estamos prácticamente huérfanos; para que en mediano y largo plazo pudiéramos mejorar la producción de medicamentos esenciales. Desde luego, hay que trabajar todo lo atinente a normas comerciales, tecnología de la salud; los Acuerdos sobre el Derecho de Propiedad Intelectual y el Comercio (ADPIC) y la posibilidad de licencias obligatorias o importaciones paralelas, en el contexto de la salud pública y los derechos de los ciudadanos.
Si queremos alcanzar la meta del Objetivo de Desarrollo Sostenible 3, Salud y Bienestar al 2030, debemos apresurar el paso.

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