Aclaran la intención del Presidente con fondos de SS

<P>Aclaran la intención del Presidente con fondos de SS</P>

Las superintendencias de Bancos, de Pensiones y de Valores expusieron ayer, en un comunicado de prensa, que la aspiración del Presidente de la República, doctor Leonel Fernández, de  usar los fondos de pensiones, no busca modificar la Ley de Seguridad Social que regula esos fondos. Se trata, dijeron, de crear una normativa para los instrumentos financieros que se utilizarían para financiar el sector inmobiliario y  la construcción de viviendas económicas.

Las superintendencias de Bancos, de Pensiones y de Valores declararon que la aspiración del presidente Leonel Fernández, de  usar los fondos de pensiones, no busca modificar la ley de seguridad social que regula esos fondos, sino crear una normativa para los instrumentos financieros con los cuales se financiaría al sector inmobiliario y a la vivienda económica.

Explicaron que con ese proyecto  se establecerán las normas generales y los criterios para regular y promover un sistema moderno de financiación de viviendas individuales a largo plazo. Alegaron que la nueva ley sobre los fondos de los trabajadores que elaboran conjuntamente con el sector privado, creará los mecanismos e instrumentos financieros de largo plazo para el fondo del sector hipotecario, además permitirá la construcción de viviendas económicas para los sectores de ingresos medios y bajos que en la actualidad se ven impedidos de hacerlo. “Este anteproyecto de Ley integrará en una sola legislación todos los mecanismos y normativas  necesarios para impulsar el dinamismo de forma sustentable del sector construcción como también el hipotecario. Integrará la figura de la “Fiducia Inmobiliaria” para la ejecución de los proyectos inmobiliarios y todas las exenciones tributarias relacionadas con la construcción de vivienda con el objetivo de reducir los costos de construcción”, explicaron las tres instituciones.

Agregaron que para la vivienda económica de interés social para familias de medianos y bajos ingresos, en este anteproyecto de Ley se contempla que el Estado Dominicano juegue un papel esencial, en asegurar precios asequibles para este estrato de la sociedad.

 Para esos fines el Estado  concederá a  los promotores privados de este tipo de viviendas incentivos fiscales que abaraten los costos de construcción como son, exoneración de ITBIS, de Impuesto Sobre la Renta y de impuesto a la transferencia de propiedad de estos títulos específicos, así como la posibilidad de asignar un bono tierra.

“El objetivo es disminuir los costos de construcción para que un mayor número de familias de este estrato social pueda adquirir una vivienda modesta a un precio decente”, argumentaron.

Explicaron que como instrumentos financieros esenciales estarán disponibles “las Letras Hipotecarias” y bonos titularizados o respaldados por hipotecas, los cuales estarían  regulados en esta nueva Ley y contribuirían a una mayor profundización y dinamización del mercado de valores dominicano.

“Queremos aclarar que la nueva legislación que el Sr. Presidente presentará al Congreso, no significará en lo absoluto una modificación a la Ley no. 87-01 que regula los fondos de pensiones; el objetivo de este nuevo proyecto de ley es disponer de una normativa que cree instrumentos financieros que sirvan de vehículos para que fondos institucionales nacionales o extranjeros puedan financiar el sector inmobiliario, como así también las viviendas económicas bajo un ambiente de seguridad y rentabilidad adecuada”, indicaron.   Dijeron que los fondos, las compañías de seguros, los fondos ARS no institucionales financiarían un nuevo mercado financiero que se abrirá con esta nueva legislación.

La clave

Objetivo

Uno de los objetivos del proyecto es  proteger y fomentar el ahorro destinado al financiamiento y a la construcción de viviendas, manteniendo la confianza del público en los instrumentos de captación y colocación de créditos por parte de los emisores.  Se velaría  para que en el otorgamiento de los créditos se consulte la capacidad de pago de los deudores.

Publicaciones Relacionadas

Más leídas