Acogen modificar la Ley Electoral

Acogen modificar la Ley Electoral

POR PEDRO GERMOSEN
El Senado declaró de urgencia y aprobó anoche en dos sesiones consecutivas un proyecto que modifica la Ley Electoral para facilitar la distribución de los recursos estatales consignados a los partidos políticos en el Presupuesto Nacional. La pieza, sometida a la Cámara Alta por la Junta Central Electoral (JCE), fue sancionada luego que el presidente de la comisión especial que la estudió, Enriquillo Reyes, rindiera un informe favorable al pleno senatorial.

El proyecto modifica los artículos 50, 51 y 54 de la Ley Electoral, número 275-97.

La modificación del artículo y su párrafo dispone que en los años de elecciones generales, la distribución de se hará a razón del 80 por ciento en partes iguales entre los partidos que obtuvieron más de un cinco por ciento de los votos válidos emitidos en los últimos comicios.

Asimismo, que el 20 por ciento se distribuirá a razón de un 12 por ciento en partes iguales para los que obtuvieron menos de un cinco por ciento y los de nuevo reconocimiento.

El restante ocho por ciento se distribuirá en proporción a los votos válidos obtenidos por cada uno de los partidos que obtuvieron menos del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones.

Asimismo, la legislación modifica el párrafo del artículo 50 eliminando en su quinta línea la frase «alianzas o coaliciones contendoras», para que se lea como sigue:

«Cuando luego de las elecciones generales para elegir al Presidente y Vicepresidente de la República hubiere de celebrarse una segunda ronda entre los dos candidatos más votados, el Estado proveerá adicionalmente el equivalente al 25 por ciento de lo aportado ese año a distribuirse entre los dos partidos en partes iguales, a más tardar diez días después de la proclama correspondiente.»

La modificación al artículo 51 de la Ley Electoral establece que en caso de que dos o más partidos concurran aliados con recuadro único, la parte correspondiente a la contribución electoral la recibirá el que personifica la alianza o coalición, quedando a criterio de éstos la distribución entre sí.

Un párrafo del mismo artículo dispone que cuando un partido asiste a las elecciones, pero con recuadros individuales y mantenga su reconocimiento, recibirá la contribución de acuerdo a lo establecido en el artículo 50.

En caso de que un partido haya concurrido a las elecciones, ya sea con recuadro único o con recuadro individual, y perdiera su reconocimiento, no tendrá derecho a los beneficios establecidos en el artículo 50.

El proyecto modifica también el artículo 54 de la Ley Electoral para que en los años no electorales, la contribución de un cuarto por ciento de los ingresos nacionales se haga en pagos mensuales de duodécima a los partidos que mantengan su reconociendo, de conformidad a los porcentajes establecidos en el artículo 50.

Un párrafo del artículo 54 dispone que en los casos de alianzas de partidos que participen con recuadros únicos, el texto de los acuerdos de las mismas deben especificar cómo se distribuirán la contribución del Estado.

En caso contrario, se entregará la contribución a los partidos que personifiquen esas alianzas, dispone el proyecto.

La reforma sometida por la JCE adiciona dos artículos a la Ley Electoral, que serán los siguientes:

«Art.5.-La presente ley deroga la ley número 78-05 del 23 de febrero de 2005 y modifica cualquier ley, parte de ley, decreto o disposición que sea contraria.

«Art.6.-La presente ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su promulgación.»

El proyecto original de la JCE fue conocido luego de que el senador Germán Castro García, reformista por La Altagracia, solicitara su inclusión en la orden del día y su aprobación de urgencia, en dos sesiones consecutivas.

Publicaciones Relacionadas

Más leídas