Acudirán ante TC para solicitar anulación de reglamento que permite a Indotel acceder a comunicaciones de ciudadanos

<STRONG>Acudirán ante TC para solicitar anulación de reglamento que permite a Indotel acceder a comunicaciones de ciudadanos</STRONG>

La Fundación Prensa y Derecho advirtió hoy que ante la negativa del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) de derogar el reglamento 086-11, sobre control de usuarios en conexiones públicas, esa entidad acudirá este martes ante el Tribunal Constitucional (TC) para interponer un recurso de inconstitucionalidad, a fin de impedir que puedan acceder de manera ilimitada, y sin orden judicial, a las comunicaciones de los ciudadanos.

El abogado Namphi Rodríguez, presidente de Prensa y Derecho, explicó que la negativa de Indotel no le ha dejado otro camino que acudir al TC como una garantía de los derechos fundamentales.

Calificó como “tendenciosa y sesgada” la interpretación que hace el Indotel del reglamento  para  así poder evadir su responsabilidad en la “gravísima intromisión” de la privacidad de las personas a que da lugar esa normativa.

Se protege el proceso y el contenido de la comunicación. Rodríguez sostuvo que con su explicación, el Indotel pretende ignorar el principio de que la protección a la intimidad contemplada en el artículo 44 de la Constitución abarca todo el proceso de comunicación, es decir, los números telefónicos, la identidad de los interlocutores, así como las frecuencias de las llamadas y las conexiones a las redes.

Sostuvo que la pretensión de Indotel de permitir acceder de manera ilimitada y sin orden judicial previa a las autoridades investigativas a las comunicaciones de los ciudadanos viola no sólo el artículo 44, sino también los artículos 69, sobre debido proceso, 38, sobre la dignidad humana, 49, sobre libertad de expresión y 6, sobre el Estado de derecho, de la Constitución. 

Rodríguez subrayó que la Constitución es muy clara cuando preserva el derecho a la intimidad de las personas y establece el principio de exclusividad judicial, es decir, que para la intervención de las comunicaciones de los ciudadanos se requiere orden de juez competente.

Previa investigación penal.  Para el presidente de Prensa y Derecho el objetivo de hacer más eficiente la política criminal del Estado no justifica que el Indotel pretenda autorizar a los organismos investigativos a acceder libremente a las comunicaciones de los ciudadanos para satisfacer una necesidad genérica de prevenir o descubrir delitos.

“El profesional del Derecho adujo que aceptar esa pretendida necesidad del Estado de hacer más eficaz la lucha contra la delincuencia estableciendo una medida de intervención general en la privacidad de los ciudadanos equivaldría a dejar que un Estado policial suprima el Estado de derecho que proclama la Constitución.

Normativas. Namphi Rodríguez consideró en vano las explicaciones ofrecidas por Indotel para negarse a derogar el reglamento 086-11, puesto que disposiciones como las contenidas en esa normativa ya han sido derogadas en naciones como España, Alemania y Reino Unido.

Dijo que la sentencia más emblemática que se ha obtenido en esa materia es del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Malone contra Reino Unido, de agosto de 1984, donde se estableció la jurisprudencia general de que el derecho a la intimidad abarca todo el proceso de comunicación, incluyendo la los números de llamadas y las identidades de los interlocutores.

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