Aplicando un adefesio jurídico, la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santiago, presidida por el magistrado Johanny Mercado, dictaminó que ningún juez de fondo tiene competencia para dictar el cese o variar una medida de coerción, negando la revisión de la prisión domiciliaria que desde mayo del 2019 padece el historiador y profesor universitario Manuel Rodríguez Bonilla, sin que hasta la fecha se haya presentado ninguna prueba de la acusación en su contra, por el asesinato de su esposa Yasmín Valdez de Rodríguez, acontecido en Mao el 25 de mayo del 2010.
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El imputado, de 73 años de edad, se ha mantenido durante 12 años solo, sin pareja, y aquejado de salud. Está consagrado a la educación y cuidado de sus dos hijos adolescentes sin poder asistir regularmente a sus médicos, ni acompañar a sus hijos a las actividades y reuniones de sus colegios lo que afecta notoriamente a los infantes. Al parecer, existe un ensañamiento de la Justicia de Santiago contra un profesional de una amplia hoja de servicios a la sociedad, sin ningún antecedente de violencia y que fue apresado cuando requería, como era costumbre, en la fiscalía local, información sobre las investigaciones del crimen contra su esposa.