Seguridad. Abre oportunidades
La Asociación Dominicana de Empresas de Seguridad (Adesinc) consideró como acertada la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró contrario a la Constitución el artículo 14 numeral 2 literal F de la Ley 631-16 de Porte y Tenencia de Armas de Fuego, que le exige a las compañías que brindan el servicio de vigilancia no contratar personas menores de 30 años de edad.
La directora ejecutiva de Adesinc, Katia Salomón, al saludar la decisión de esta alta corte, destacó que constituye un logro para ese sector que haya sido acogido favorablemente el recurso interpuesto por esa entidad porque limitaba el crecimiento de esa área productiva que sustenta a más de 22 mil personas de manera directa y, además, imposibilitaba empleos a los jóvenes con menos de 30 años.
“La revisión de esta limitante de la edad fue propuesta por Adesinc sin hacer inferencia al porte de la población civil en general, pues al promulgar esta ley no se tomó en cuenta que del sector de la seguridad privada dependen muchos hombres y mujeres”, dijo.
Dijo que “era muy desconcertante y discriminatorio ver a miles de ciudadanos en una edad productiva, muchos con una familia que sustentar”, pero que no podían trabajar por una ley.